Actualizado: 12 septiembre, 2018 (hace 6 años)
El párrafo 29.2 del Estándar para Pymes establece que para algunos casos las pérdidas fiscales generan activo por impuesto corriente, lo que ocurre en países donde se puede solicitar devolución a la administración de impuestos por concepto de pérdidas fiscales. En Colombia no existe esta opción.
“las pérdidas fiscales pueden ser solicitadas en compensación en períodos posteriores a aquel en el cual se hayan presentado”
Cuando los ingresos no alcanzan para cubrir las deducciones aceptadas fiscalmente se presentan las pérdidas fiscales.
- Las pérdidas fiscales se calculan teniendo en cuenta los requerimientos fiscales del país.
- En nuestro país, las pérdidas fiscales pueden ser solicitadas en compensación en períodos posteriores a aquel en el cual se hayan presentado.
Lo que dice el Estándar para Pymes al respecto
El párrafo 29.2 del Estándar para Pymes establece que:
- En ciertos casos las pérdidas fiscales generan activo por impuesto corriente, situación que solo ocurre en países donde se puede solicitar devolución inmediata a la administración de impuestos por concepto de pérdidas fiscales.
- Ya que en Colombia no existe esta opción, no se presentará en ningún caso un activo corriente por pérdidas fiscales.
- Se requiere reconocer activos por impuestos corrientes relacionados con las pérdidas fiscales susceptibles de ser compensadas con utilidades de períodos siguientes.
- Si la entidad no piensa generar utilidades futuras para compensar estas pérdidas fiscales, debe abstenerse de reconocer el activo por impuesto diferido.
- Si la entidad ha reconocido el activo por impuesto diferido en períodos anteriores y es poco probable que genere utilidades a futuro debe reconsiderar este activo y ajustarlo, o darlo de baja con cargo a resultados.
Impuesto diferido por pérdida fiscal disminuye la pérdida contable
- Cuando la entidad presenta una pérdida fiscal es probable que también haya obtenido una pérdida en el estado de resultados.
- El reconocimiento de un ingreso y un activo por impuestos diferidos derivado de la pérdida fiscal genera una disminución de la pérdida contable, ya que la entidad adquiere el derecho a pagar un menor impuesto en períodos futuros, mediante la compensación de sus pérdidas fiscales.
- Si la entidad no reconoce estos activos por impuestos diferidos presentará distorsiones en sus estados de resultados.