Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Periodicidad para declarar IVA cambia a partir de 2017


Actualizado: 6 enero, 2017 (hace 7 años)

La Ley 1819 de 2016 modificó el artículo 600 del ET, por tanto, el período gravable del impuesto sobre las ventas solo será bimestral o cuatrimestral.

 Entre los cambios introducidos por la reforma tributaria estructural (Ley 1819 de 2016) se encuentra la modificación en la periodicidad para declarar el impuesto sobre las ventas, contemplada en el artículo 600 del ET. De esta manera, a partir de 2017 el período gravable del impuesto sobre las ventas podrá ser bimestral o cuatrimestral.

De acuerdo con lo anterior, declararán y pagarán el IVA de forma bimestral los grandes contribuyentes, personas jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos al 31 de diciembre del año gravable 2016 sean iguales o superiores a 92.000 UVT ($2.737.276.000), así como los responsables señalados en los artículos 477 y 481 del ET. Por otro lado, declararán y pagarán de manera cuatrimestral los responsables de IVA, personas jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos al 31 de diciembre del año gravable 2016 sean inferiores a 92.000 UVT.

Vale recordar que, según el artículo 601 del ET, deben presentar declaración y pago del IVA los responsables de tal impuesto (incluyendo a los exportadores). Por el contrario, no están obligados a presentarla los contribuyentes que pertenezcan al régimen simplificado, así como los del régimen común durante aquellos períodos en que no hayan efectuado operaciones sometidas a IVA, ni operaciones que den lugar a impuestos descontables, ajustes o deducciones.

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