Respuesta de Juan David Maya a la pregunta
Si una entidad realizó el proceso de convergencia en el grupo 2 en un determinado año, ¿puede en el siguiente año migrar a otro grupo?
Juan David Maya, experto y consultor en Normas Internacionales de Información Financiera, menciona que, cuando una entidad no cumple los requisitos para estar en determinado grupo (1, 2 o 3), puede tomar la decisión de migrar a aquel que, a su consideración, se ajusta mejor a sus nuevas condiciones. Sin embargo, se debe tener muy presente que, para efectuar dicho cambio, se hace necesario cumplir ciertos tiempos, según lo indicado en el Decreto 2420 de 2015, modificado a su vez, entre otras normas, por el Decreto 2496 de 2015.