Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Personas naturales no obligadas a llevar contabilidad solo debieron reconocer ingresos recibidos en el año


Personas naturales no obligadas a llevar contabilidad solo debieron reconocer ingresos recibidos en el año
Actualizado: 21 noviembre, 2014 (hace 9 años)

Para intereses ganados en una entidad fiduciaria, el contribuyente puede argumentar que como nos los recibió a diciembre 31 no está en la obligación de reconocerlos como un ingreso tributario.

Veamos el siguiente caso que nos plantean. Para una persona natural (empleado), ¿se toman como ingresos los rendimientos certificados por la fiducia y sobre los cuales se les hizo el componente inflacionario o los que le aparecen como causados por la misma fiducia en el archivo de la DIAN? ¿Se puede incluir la retención por rendimientos por retiro de cesantías de un Fondo?

Si las personas naturales que presentaron declaración de renta no estuvieron obligadas a llevar contabilidad se les pide que reconozcan como ingresos solo los que efectivamente hayan recibido en el año. Y hay dos excepciones que son los dividendos y las ventas de bienes raíces, ya que estos hay que reconocerlos como ingresos aun si no se han recibido en dinero o especie.

En este caso se tratan de unos intereses que se ganaron en una entidad fiduciaria, la persona puede argumentar que no los recibió a diciembre 31 entonces no se está en la obligación a reconocerlos como ingreso tributario de 2013. Si se trata de una entidad fiduciaria lo que hacen es consignarlos a la cuenta de la persona y ahí ya están reconocidos los intereses, entonces habría que incluirlos como un ingreso tributario en el año.

Si los causaron y no los han reconocido dentro de la cuenta bancaria esto si sería un caso donde no se está obligado a reconocer un ingreso, porque si la persona no lleva contabilidad lo obligatorio es solo reconocer los ingresos que se hayan pagado.

Ahora, si alguien que no lleva contabilidad no alcanzó a recibir un ingreso decide incluirlo a pesar que no lo haya recibido no pasa nada, podría incluir el interés. La posibilidad de sacarle el componente inflacionario interés que vaya a reconocer como ingreso en el año, existe cuando se trata de intereses ganados en entidades que se dedican a la captación y colocación de recursos ya que así lo asegura el art. 38 del E.T.

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