Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Personas naturales y jurídicas obligadas a presentar información exógena en 2020


Personas naturales y jurídicas obligadas a presentar información exógena en 2020
Actualizado: 7 enero, 2020 (hace 4 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Personas naturales obligadas a presentar la información exógena
  • Personas jurídicas obligadas a presentar información exógena
  • Temas en los que profundiza este especial
  • Informes

Para saber si una persona natural tiene que reportar información del año gravable 2020, solo deberán evaluarse los ingresos del año inmediatamente anterior y no los ingresos brutos que obtuvo dos años atrás.

La anterior situación también aplica para las personas jurídicas.

Estas son algunas de las novedades que se observan en el texto de la Resolución 00070 de octubre de 2019, con la cual se solicitó la información exógena tributaria del año gravable 2020:

Personas naturales obligadas a presentar la información exógena

En el artículo 1 de la Resolución 000070 se estableció cuáles serán las personas naturales y jurídicas obligadas a entregar la información del año gravable 2020.

Esta vez el literal d) menciona que para decidir si una persona natural tiene que reportar información del año gravable 2020 solo deberán evaluarse los ingresos del año inmediatamente anterior (en este caso, los del año gravable 2019) y no los ingresos brutos que obtuvo dos años atrás (que para este caso hubiesen sido los ingresos del año gravable 2018).

Por lo tanto, cuando los ingresos de dicho año gravable 2019 hayan sido superiores a $500.000.000, y al mismo tiempo se cumpla que los ingresos del año gravable 2020, solamente por rentas de capital y rentas no laborales, hayan superado los $100.000.000, la persona natural tendrá que entregar la mayoría de los reportes del año gravable 2020, mencionados en los artículos del 17 al 25 de la Resolución 000070 de 2019.

Personas jurídicas obligadas a presentar información exógena

En el texto del literal e) del artículo 1 de la Resolución 000070, al momento de definir cuáles personas jurídicas tendrán que reportar la mayor parte de la información del año gravable 2020, se eliminó la expresión que se incluía en las resoluciones de años anteriores y con la cual se exigía en primer lugar que la persona jurídica fuera “declarante de renta o de ingresos y patrimonio”.

Además, se dispuso que la persona jurídica no tendrá que fijarse en los ingresos brutos que obtuvo dos años atrás (que para este caso habría sido el 2018), sino únicamente en los del año anterior (2019). Lo mismo aplica para las personas naturales.

Para ampliar este tema y otros relacionados con todo lo que rodea a las propiedades horizontales presentamos el especial: Novedades en la información exógena requerida para el año gravable 2020.

Temas en los que profundiza este especial

Generalidades

Cambios en exógena 2020 podrían solicitarse también para 2019

Novedades que introduce la Resolución 000070 de 2019

  1. Personas naturales obligadas a presentar la información exógena.
  2. Personas jurídicas obligadas a presentar la información exógena.
  3. Establecimientos permanentes obligados a reportar.
  4. Información requerida para obligados a consolidar estados financieros consolidados.
  5. Reporte de entidades financieras sobre cuentas AFC y AVC.
  6. Reporte de entidades financieras sobre CDT.
  7. Reporte de fondos de inversión colectiva.
  8. Reporte de entidades financieras sobre aportes voluntarios de pensiones.
  9. Reporte de entidades financieras sobre fondos de cesantías.
  10. Información sobre socios o accionistas – Formato 1010.
  11. Información sobre pagos o abonos en cuenta – Formato 1001.
  12. Reporte sobre retenciones efectuadas al informante – Formato 1003.
  13. Información sobre ingresos – Formato 1007.
  14. Reportes del IVA generados y/o descontables e impuesto al consumo – Formatos 1005 y 1006.
  15. Reporte de pasivos fiscales – Formato 1009.
  16. Reporte sobre cuentas por cobrar fiscales – Formato 1008.
  17. Información sobre ingresos recibidos o facturados por cuenta de terceros – Formato 1647.
  18. Reporte sobre descuentos al impuesto de renta e ingresos no gravados – Formatos 1004 y 2275.
  19. Nuevo formato 5253 para reportar beneficiarios efectivos.
  20. Información sobre estados financieros consolidados – Formato 1034.
  21. Reporte de tipógrafos sobre facturas de ventas elaboradas – Formato 1037.
  22. Pagos o abonos en cuenta sobre rentas de trabajo – Formato 2276.
  23. Reporte de los municipios sobre declaraciones de ICA – Formato 1481.
  24. Información solicitada a representantes de concesiones o asociaciones público-privadas – Formato 2625.
  25. Firma electrónica para la presentación virtual de los formatos.
  26. Datos especiales en renta e IVA – Formatos 1011 y 1012.

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