Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Pildoras NIIF (11) – Carlos Humberto Sastoque


Dr. Carlos Humberto Sastoque

Superintendencias y procesos de implementación de las NIIF

Supersociedades

En el 2012 emitió la circular externa 115-002. En el 2013 las números: 115-001, 115-003 y 115-005, todas ellas relacionadas con el proceso de implementación para el grupo 1 (obligados a NIIF plenas). Como orientación general para los tres grupos, y para los vigilados por las diferentes superintendencias, es bueno considerar lo que dijo esta superintendencia en su circular 115-002 de 2012:

“El plan de implementación deberá ser aprobado por la junta directiva, consejo directivo u órgano que ejerza funciones equivalentes en la entidad y ser informado en la próxima reunión del máximo órgano social de la entidad”

Esto quiere decir que la responsabilidad por la implementación de las NIIF no es solamente de los contadores de las empresas sino también de la gerencia y de la junta directiva u órgano similar. Para que todos comprendan perfectamente en qué consiste el plan de implementación (que para las PYMES debe cumplirse en 2014 y si no lo han preparado es indispensable lo hagan ya) y de quién es la responsabilidad por tal proceso; los invito a leer con detenimiento, en supersociedades.gov.co,  la citada circular 115-002 de 2012; ante todo sus numerales 4, 5 y 6.

Superfinanciera

Publicó las circulares 10  y 112 en el 2013. En esta última, de fecha Noviembre 21, solicitó información sobre los avances en el proceso de convergencia, con corte al 30 del mismo mes. Conviene tener en cuenta que, así como esta superintendencia lo pidió el año pasado, es posible que todas las superintendencias exijan similar información a las PYMES en el 2014.

Supersalud

En el 2013 emitió la circular 000001 para el grupo 1 (NIIF plenas) fijándoles como plazo para presentar el plan de implementación Febrero 28 del mismo año.

También sacó la circular 000003 dirigida al grupo 3 (microempresas), pidiéndoles que presentaran el plan de implementación a más tardar el 30 de Abril.

Esta superintendencia informa en su sitio web que en el grupo 2 (PYMES) se clasifican: IPS, empresas de medicina prepagada y empresas de servicio prepagado  de ambulancias, que cumplen con el requisito de personal o de activos o de ingresos. En total incluye 2.494 PYMES y 2.081 microempresas.

Supersolidaria

En 2014 publicó la circular externa 005, para PYMES.

Supertransportes

En 2013 fijó requisitos, contenidos, responsabilidades y plazos para el plan de implementación de los diversos grupos en las circulares externas:

0000002 del 22 de Enero, para los grupos 1 y 2.
0000013 del 22 de Marzo, para el grupo 3.

El 30 de Diciembre de 2013, mediante circular 0000048 solicitó información para seguimiento del plan de implementación, para el grupo 1.

Superservicios

Según resolución 1300004095 del 25 de Febrero de 2014, estableció requisitos, responsabilidades, contenidos y plazos para el plan de implementación del grupo 2 (PYMES).

Conclusiones

Como se puede concluir, todas las superintendencias han estado y están con las pilas puestas para que los obligados de los diferentes grupos preparen oportunamente sus planes de implementación y los cumplan.

Es aconsejable que los contadores y los revisores fiscales de las PYMES les informen todo esto a los gerentes y miembros de la juntas directivas; para que tomen conciencia plena de que ellos son los principales responsables de la implementación de las NIIF y, además, que les hagan ver que esto tiene costos para sus empresas pero –a la larga- también les brindará beneficios.

Y, complementariamente, les hagan entender que durante 2014 y 2015, por lo menos, el trabajo de los contadores y de los revisores fiscales en lo relacionado con la contabilidad se duplicará; puesto que aparte de manejar los registros contables de acuerdo con el decreto 2649 de 1993 y complementarios, tendrán que dedicarle mucho tiempo al proceso de preparación e implementación en el 2014 y a la contabilidad con NIIF, en paralelo, durante el 2015. Amén de la gran cantidad de horas que deben dedicarle este año a tomar cursos y recibir asesorías sobre NIIF. Y que los costos de estos cursos y estas asesorías los debe asumir la empresa, que al final será la beneficiada.

Por supuesto que para lograr cumplir con las exigencias legales en materia de NIIF será necesario contratar personal temporal adicional al fijo. Y si los contadores y los revisores fiscales van a tener que trabajar mucho más de lo normal, también es indispensable que se les haga una  remuneración adicional y justa por el gran esfuerzo al que se verán sometidos. Por favor: No regalen su trabajo a la empresas explotadoras!

Autor:

C. P. Carlos Sastoque M.
carsastoque@yahoo.com

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