Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Pildoras NIIF (12) – Carlos Humberto Sastoque


Dr. Carlos Humberto SastoqueResponsabilidad por el plan de implementación en el 2014

-Para el grupo No. 2  PYMES-

La Superintendencia de Sociedades, en su circular externa 115-002 del 5 de Marzo de 2014, establece la responsabilidad por el proceso de convergencia e implementación de la NIIF para PYMES, así como el contenido y condiciones del plan de implementación. Es fundamental y urgente que analicemos lo que dice esa circular en su numeral 6.

6. Responsabilidad de la administración.

“La administración de la sociedad será responsable de dirigir el proceso de convergencia y por tanto de verificar de manera permanente su avance y adecuado desarrollo. Además, velará por que dicho proceso quede adecuadamente documentado de manera que conserve evidencia del cumplimiento de cada una de las actividades”

Como se ve claramente no es el contador sino la administración (en cabeza del gerente y la junta directiva u organismo similar) quien debe responsabilizarse por la implantación de la NIIF para PYMES. Y como, adicionalmente, la administración debe “verificar de manera permanente su avance y adecuado desarrollo” y también velar para que “…dicho proceso quede adecuadamente documentado de manera que conserve evidencia del cumplimiento de cada una de las actividades.”, es indispensable que tanto el gerente como la junta directiva (y, en mi opinión todos los altos ejecutivos del ente económico) conozcan y entiendan con claridad el contenido del decreto 3022 del 27 de Diciembre de 2013. Así que ellos también se deben capacitar sobre el particular. Deberían participar en conferencias y seminarios especiales, de tal manera que obtengan suficiente ilustración y tengan plena conciencia sobre su responsabilidad y participación en el proceso de convergencia, como lo exige la Supersociedades.

Por lo que he sabido hasta el momento, los gerentes, miembros de juntas directivas y altos ejecutivos de las empresas no tienen ni la menor idea – o tienen un conocimiento apenas ligeramente superficial- del mencionado  decreto y de la responsabilidad que les compete por la implementación de las NIIF. Y, para completar, ni siquiera se han preocupado por asumir el costo de la preparación de su personal en lo relacionado con este tema o piensan que son los contadores quienes de su propio bolsillo deben pagar su capacitación.

Como los contadores y revisores fiscales de los entes económicos sí tienen, en general conocimiento y conciencia de la urgencia e importancia de implantar las NIIF, sería bueno que -ojalá por escrito y ya mismo- les hagan comprender a los administradores, miembros de juntas directivas y altos ejecutivos empresariales, lo que he anotado en los tres párrafos anteriores. Deben explicarles que todo es por el bien de la empresa y que es una exigencia legal.

Autor:

C. P. Carlos Sastoque M.
carsastoque@yahoo.com

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