Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Piso de protección social: ¿a qué entidades deben inscribirse los trabajadores?


Piso de protección social: ¿a qué entidades deben inscribirse los trabajadores?
Actualizado: 26 octubre, 2020 (hace 3 años)

El Ministerio del Trabajo reglamentó el piso de protección social, el cual se encuentra conformado por el régimen subsidiado y los BEPS.

Conoce, a continuación, las entidades a las que deben estar afiliados los trabajadores para acceder a este piso de protección.

Como fue estudiado en nuestro editorial Piso de protección social para trabajadores con ingresos inferiores a un salario mínimo, mediante el Decreto 1174 de 2020 se reglamentó el piso de protección social para aquellos trabajadores dependientes e independientes con ingresos mensuales inferiores a un (1) salario mínimo mensual legal vigente –smmlv–.

Este piso de protección se encuentra conformado por el régimen subsidiado en salud, el servicio social complementario de beneficios económicos y periódicos –BEPS– y un seguro exclusivo para atender riesgos derivados de la actividad laboral.

En la siguiente infografía realizamos una síntesis de las principales características del piso de protección social:

Entidades en las que debe estar afiliado un trabajador para pertenecer al piso de protección social

En el vídeo a continuación, Angie Marcela Vargas, abogada consultora en derecho laboral explica a qué entidades deben ser afiliados los trabajadores para acceder al piso de protección social:

En lo que refiere a nuestro caso en concreto, se tiene que para que un trabajador pueda pertenecer al piso de protección social debe:

  • Afiliarse a una EPS autorizada para afiliar personas en el régimen subsidiado.
  • Afiliarse a Colpensiones en la modalidad de BEPS, en la cual se le abrirá una cuenta de ahorro individual.

En cuanto al seguro inclusivo, se tiene que no debe realizarse una afiliación, ya que una vez se realice el pago del aporte (15 % del salario o ingresos del trabajador), Colpensiones dirigirá el 14 % a la cuenta de ahorro individual del trabajador y el 1 % restante lo dirigirá al pago del seguro inclusivo.

Esto supone que estos dos últimos, es decir, BEPS y el seguro inclusivo, se encontrarán administrados por la misma entidad.

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