Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Plazo para expedir certificado 220 por el año gravable 2021


Actualizado: 4 marzo, 2022 (hace 2 años)

Responde conferencista: Diego Guevara

¿Qué plazo tienen los empleadores para expedir el certificado de retención por pagos laborales del año gravable 2021? 

Pregunta resuelta 10 de febrero de 2022

El Dr. Diego Guevara, líder de investigación tributaria de Actualícese, indica cuál es el plazo que tienen los empleadores para expedir el certificado de retención por pagos laborales del año gravable 2021.

También da a conocer cuál es la sanción tributaria aplicada por no expedir el certificado de retención por pagos laborales del año gravable 2021, según lo señalado en el artículo 667 del Estatuto Tributario.

Complementa esta respuesta visitando nuestro Certificado de ingresos y retenciones: plantilla del formulario 220 y del formato 2276 – AG 2021.

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