Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Plazo para que los grandes contribuyentes inicien la facturación electrónica


Actualizado: 6 diciembre, 2018 (hace 5 años)

La Dian dio a conocer el Resolución 000062 de 2018, por la cual se establece el plazo para que los grandes contribuyentes inicien con la facturación electrónica.

El 30 de noviembre de 2018 la Dian dejó en firme la Resolución 000062: “Por la cual se adiciona un artículo a la resolución 00010 de 6 de febrero de 2018”.

En vista de que en el artículo 2 de la Resolución 000010 de 2018 se estipuló que, de manera excepcional, y solo en el caso de presentarse inconvenientes de tipo tecnológico, los grandes contribuyentes podían solicitar el tiempo adicional requerido para implementar la factura electrónica, sin que dicho tiempo excediera los 3 meses.

Por lo anterior, mediante la presente resolución la Dian establece la “prerrogativa especial por inconvenientes operativos para implementar la factura electrónica”, la cual señala que los grandes contribuyentes que al 1 de diciembre de 2018 no hayan podido iniciar su facturación electrónica, tendrán hasta el 31 de diciembre del mismo año para que lleven a cabo todas las acciones necesarias, con el fin de iniciar la expedición de la factura electrónica el 1 de enero de 2019.

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