Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Plazos para el reporte de la información exógena por el año 2016


Plazos para el reporte de la información exógena por el año 2016
Actualizado: 1 febrero, 2017 (hace 7 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Grandes contribuyentes
  • Personas jurídicas y naturales
  • Otros vencimientos

Mediante la Resolución 112 de octubre 29 de  2015, la DIAN definió los reportes de información exógena tributaria que los contribuyentes deberán entregar por el año gravable 2016. La Resolución 000016 de 2017  incorporó modificaciones con relación a los plazos.

La Resolución 112 de 2015, que contiene todos los lineamientos para preparar y presentar información exógena por el año gravable 2016, fue modificada por la Resolución 000084 de diciembre 30 de 2016, que efectuó 19 cambios trascendentales para lograr que la información solicitada por el año gravable 2016 sea igual a la requerida por 2017. Las personas jurídicas agentes de retención ya no solo presentarán los formatos 1001 y 1005, sino también los 1004, 1011, 1012 y 2275.

Posteriormente, la Resolución 000016 de 2017 modificó de manera parcial las resoluciones 000112 de 2015 y 000084 de 2016 a fin de extender los plazos para la presentación de la información exógena del año gravable 2016 para los grandes contribuyentes, personas jurídicas y naturales; los demás vencimientos se mantuvieron en las fechas estipuladas inicialmente, tal como se describe a continuación.

Grandes contribuyentes

Último dígito del NIT Fecha

( año 2017)

Último dígito del NIT Fecha

( año 2017)

4 18 de abril 9 25 de abril
5 19 de abril 0 26 de abril
6 20 de abril 1 27 de abril
7 21 de abril 2 28 de abril
8 24 de abril 3 02 de mayo

Personas jurídicas y naturales

Últimos dígitos del NIT Fecha

( año 2017)

Últimos dígitos del NIT Fecha

( año 2017)

31 a 35 03 de mayo 81 a 85 17 de mayo
36 a 40 04 de mayo 86 a 90 18 de mayo
41 a 45 05 de mayo 91 a 95  19 de mayo
46 a 50 08 de mayo 96 a 00  22 de mayo
51 a 55 09 de mayo 01 a 05  23 de mayo
56 a 60 10 de mayo 06 a 10 24 de mayo
61 a 65 11 de mayo 11 a 15 25 de mayo
66 a 70 12 de mayo 16 a 20 26 de mayo
71 a 75 15 de mayo 21 a 25 30 de mayo
76 a 80  16 de mayo 26 a 30 31 de mayo

Otros vencimientos

Las fechas de las tablas anteriores no aplican para la información a reportar por convenios con organismos internacionales, de la Registraduría Nacional y de los grupos empresariales. Esta debe presentarse como se indica a continuación:

Convenios de cooperación y asistencia técnica para el apoyo y ejecución de sus programas o proyectos con organismos internacionales (reportes mensuales)
Resolución 112 de 2015 – Artículo 34

Fecha máxima de reporte

Último día hábil del mes siguiente al periodo objeto de reporte

Información a suministrar por la Registraduría Nacional Del Estado Civil
Resolución 112 de 2015 – Artículo 35

Fecha máxima de reporte

1 de marzo de 2017

Información a suministrar por los grupos empresariales
Resolución 112 de 2015 – Artículo 36

Fecha máxima de reporte

30 de junio de 2017

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