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Plazos para la declaración del IVA 2026: conoce las fechas y evita sanciones


Plazos para la declaración del IVA 2026: conoce las fechas y evita sanciones

Actualizado: 3 diciembre, 2025 (hace 2 meses)

El Decreto 2229 de 2023 del Ministerio de Hacienda definió el calendario tributario para 2026, incluyendo los plazos del IVA. Este impuesto debe declararse de manera bimestral, cuatrimestral o anual, según el nivel de ingresos del responsable.

Aquí te contamos, de forma sencilla, cómo funcionan estas fechas para 2026 y quién debe declarar en cada periodicidad.

¿Qué es el IVA y cómo funciona su periodicidad?

El impuesto sobre las ventas –IVA– es un tributo de orden nacional y naturaleza indirecta que grava el consumo y los costos en los que se incurre en el proceso productivo de un bien o en la prestación de un servicio.

De acuerdo con los artículos 600 y 915 del Estatuto Tributario, la periodicidad depende de los ingresos brutos del año anterior:

Declaración y pago bimestral

Aplica cuando los ingresos brutos al 31 de diciembre de 2025 sean iguales o superiores a 92.000 UVT equivalentes a $4.581.508.000.

Esta periodicidad es aplicable :

  • Grandes contribuyentes
  • Personas jurídicas y naturales
  • Responsables de los artículos 477 y 481 del ET.

Declaración y pago cuatrimestral

Para quienes tengan ingresos brutos inferiores a 92.000 UVT al 31 de diciembre de 2025 equivalentes a $4.581.508.000.

Aplica para personas jurídicas y naturales.

Declaración anual (SIMPLE)

Exclusiva para contribuyentes acogidos al régimen simple de tributación.

Declaración y pago bimestral 2026

Según el artículo 1.6.1.13.2.30 del Decreto 1625 de 2016, modificado por el artículo 1 del Decreto 2229 de diciembre 22 de 2023, los plazos para la declaración y pago bimestral del IVA en 2026 son:

Último

dígito

 del NIT

Enero –

Febrero

Marzo –

Abril

Mayo –

Junio

Julio –

Agosto

Septiembre –

Octubre

Noviembre –

Diciembre

Plazo máximo para declarar

Marzo

Mayo

Julio

Septiembre

Noviembre

Enero

2027

1

10

12

9

9

11

13

2

11

13

10

10

12

14

3

12

14

13

11

13

15

4

13

15

14

14

17

18

5

16

19

15

15

18

19

6

17

20

16

16

19

20

7

18

21

17

17

20

21

8

19

22

21

18

23

22

9

20

25

22

21

24

25

0

24

26

23

22

25

26

IVA

Aplican los mismos plazos para el IVA y el INC (incluyendo las bolsas plásticas y el cannabis de que tratan los artículos 512-15 a 512-21 del ET).

Declaración y pago bimestral de IVA en 2026 para prestadores de servicios del exterior

Además, deberán presentar bimestralmente la declaración de IVA los prestadores de servicios del exterior, pero utilizando los plazos que se mencionan en la siguiente tabla (ver parágrafo 4 del artículo 1.6.1.13.2.30 del Decreto 1625 de 2016, modificado por el artículo 1 del Decreto 2229 de diciembre 22 de 2023):

Enero –

Febrero

Marzo –

Abril

Mayo –

Junio

Julio –

Agosto

Septiembre –

Octubre

Noviembre –

Diciembre

Plazo máximo para declarar

Marzo

Mayo

Julio

Septiembre

Noviembre

Enero

2027

13

15

14

14

17

18

Declaración y pago cuatrimestral 2026

Según el artículo 1.6.1.13.2.31 del Decreto 1625 de 2016, modificados por el artículo 1 del Decreto 2229 de diciembre 22 de 2023, los plazos para la declaración y pago bimestral del IVA en el 2026 son:

Último dígito del NIT

Enero –

Abril

Mayo –

Agosto

Septiembre –

Diciembre

Plazo máximo para declarar

Mayo

Septiembre

Enero de 2027

1

12

9

13

2

13

10

14

3

14

11

15

4

15

14

18

5

19

15

19

6

20

16

20

7

21

17

21

8

22

18

22

9

25

21

25

0

26

22

26

¿Cuándo no estar obligado a presentar IVA?

Cabe destacar que, según los parágrafos 3 del artículo 1.6.1.13.2.31 del DUT 1625 de 2016 y 1 del artículo 1.6.1.13.2.31 del mismo decreto, el contribuyente podrá omitir la presentación de la declaración del impuesto sobre las ventas en aquellos períodos gravables en los que no se efectúen operaciones sometidas al impuesto ni operaciones que den lugar a impuestos descontables, ajustes o deducciones.

TAMBIÉN LEE:  Dian modifica el listado de grandes contribuyentes para el año 2026

Declaración anual consolidada del IVA (Régimen Simple)

Los contribuyentes del régimen simple que sean responsables del IVA deberán presentar en 2026 una declaración anual consolidada del impuesto sobre las ventas correspondiente al año gravable 2025.

Los vencimientos se encuentran dispuestos en el artículo 1.6.1.13.2.51 del Decreto 1625 de 2016 (modificado por el artículo 1 del Decreto 2229 de diciembre 22 de 2023), de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT y sin tener en cuenta el dígito de verificación:

Últimos dígitos del NIT

Hasta el día

1 y 2

16 de febrero

3 y 4

17 de febrero

5 y 6

18 de febrero

7 y 8

19 de febrero

9 y 0

20 de febrero

Al respecto, es válido destacar que el artículo 74 de la Ley de reforma tributaria 2277 de 2022 modificó el parágrafo 4 del artículo 437 del ET para indicar que no son responsables del IVA las personas naturales contribuyentes del régimen simple cuando sus ingresos brutos sean inferiores a 3.500 UVT ($164.728.000 por 2024) o cuando únicamente desarrollen una o más actividades establecidas en el numeral 1 del artículo 908 del ET.

Formulario 300 para declarar IVA en 2026

Para la presentación de la declaración del IVA en cualquiera de sus periodicidades  (bimestral, cuatrimestral y anual) se debe utilizar el formulario 300.

Esta declaración deberá presentarse a través de los servicios informáticos dispuestos por la Dian utilizando el instrumento de firma electrónica –IFE– autorizado por dicha entidad.

La versión actualizada para el año 2026 estará disponible en nuestra sección Formularios e instructivos Dian.

¿Quieres aprender más del IVA?

Si quieres conocer todos los aspectos relacionados con esta obligación, recorre la Ruta de Actualización IVA: liquidadores, tarifas, base gravable, periodicidad y mucho más

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