Nuevos recursos


  Calendario Tributario 2026

ACTUALIDAD  - 3 marzo, 2026

Plazos para la declaración anual consolidada del Régimen Simple 2026: conoce los fechas


Plazos para la declaración anual consolidada del Régimen Simple 2026: conoce los fechas

Actualizado: 3 diciembre, 2025 (hace 3 meses)

Si perteneces al régimen simple, estas son las fechas que debes tener súper claras para cumplir sin contratiempos durante 2026.

Además de la declaración anual, recuerda que este régimen también implica el pago de 6 anticipos bimestrales durante el 2026. Aquí te resumimos todo para que estés al día.

Plazos para la presentación de la declaración anual del Régimen Simple

De acuerdo con el artículo 1.6.1.13.2.50 del Decreto 1625 de 2016, modificado por el artículo 1 del Decreto 2229 de diciembre 22 de 2023, las personas naturales y jurídicas inscritas en el SIMPLE por el año gravable 2025 deberán presentar su declaración anual consolidada (AG 2025) hasta estas fechas, según el último dígito del NIT registrado en el RUT:

Últimos dígitos del NIT

Hasta el día

1 y 2

20 de abril

3 y 4

21 de abril

5 y 6

22 de abril

7 y 8

23 de abril

9 y 0

24 de abril

Ten en cuenta que:

  1. Los contribuyentes del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación no presentan declaración de renta y complementario.
  2. El impuesto de ganancia ocasional para los contribuyentes del SIMPLE se determinará conforme a las reglas generales establecidas en el Estatuto Tributario y se pagará en los plazos dispuestos anteriormente dentro del mismo formulario 260 empleado para la declaración anual consolidada del régimen simple.
  3. El impuesto nacional al consumo por expendio de comidas y bebidas para los contribuyentes inscritos en el régimen simple de tributación se determinará con base en las reglas generales establecidas en el Estatuto Tributario y se declarará y pagará en los dispuestos anteriormente.

Plazos para pagar los anticipos bimestrales 2026

El parágrafo 4 del artículo 908 del ET señala que los contribuyentes del Simple se encuentran obligados a pagar bimestralmente un anticipo a título del impuesto unificado a través de los recibos de pago electrónico.

La única excepción se estableció en el nuevo parágrafo 3 del artículo 910 del ET, adicionado con la Ley de reforma tributaria 2277 de 2022, en el que se indica que  aquellas personas naturales pertenecientes al régimen simple de tributación, cuyos ingresos no superen las 3.500 UVT ($183.309.000 en 2026) deberán presentar únicamente la declaración anual consolidada con su respectivo pago, sin necesidad de realizar anticipos bimestrales.

Así pues, el artículo 1.6.1.13.2.52 del Decreto 1625 de 2016, modificado por el Decreto 2229 de 2023, establece que por el año gravable 2026 los contribuyentes obligados a presentar y pagar el anticipo bimestral deberán hacerlo a más tardar en los siguientes plazos, teniendo en cuenta el último dígito del NIT registrado en el RUT:

Último

dígito

 del NIT

Enero –

Febrero

Marzo –

Abril

Mayo –

Junio

Julio –

Agosto

Septiembre –

Octubre

Noviembre –

Diciembre

Plazo máximo para declarar

Mayo

Junio

Julio

Septiembre

Noviembre

Enero

2027

1

12

10

9

9

11

13

2

13

11

10

10

12

14

3

14

12

13

11

13

15

4

15

16

14

14

17

18

5

19

17

15

15

18

19

6

20

18

16

16

19

20

7

21

19

17

17

20

21

8

22

22

21

18

23

22

9

25

23

22

21

24

25

0

26

24

23

22

25

26

Declaración anual consolidada del IVA (Régimen Simple)

Los contribuyentes del régimen simple que sean responsables del IVA deberán presentar en 2026 una declaración anual consolidada del impuesto sobre las ventas correspondiente al año gravable 2025.

TAMBIÉN LEE:  Calendario 2026 para el pago de aportes a seguridad social de empleadores e independientes

Los vencimientos se encuentran dispuestos en el artículo 1.6.1.13.2.51 del Decreto 1625 de 2016 (modificado por el artículo 1 del Decreto 2229 de diciembre 22 de 2023), de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT y sin tener en cuenta el dígito de verificación:

Últimos dígitos del NIT

Hasta el día

1 y 2

16 de febrero

3 y 4

17 de febrero

5 y 6

18 de febrero

7 y 8

19 de febrero

9 y 0

20 de febrero

Al respecto, es válido destacar que el artículo 74 de la Ley de reforma tributaria 2277 de 2022 modificó el parágrafo 4 del artículo 437 del ET para indicar que no son responsables del IVA las personas naturales contribuyentes del régimen simple cuando sus ingresos brutos sean inferiores a 3.500 UVT ($164.728.000 por 2024) o cuando únicamente desarrollen una o más actividades establecidas en el numeral 1 del artículo 908 del ET.

Formularios del SIMPLE para 2026

Para cumplir correctamente con las obligaciones del régimen simple durante 2025 debes usar:

  • Formulario 2593
    Para anticipos bimestrales (AG 2026).
  • Formulario 300
    Para la declaración anual consolidada del IVA 2025.
  • Formulario 260
    Para la declaración anual consolidada del régimen simple (AG 2025). Prescrito por la Resolución 000187 de octubre 25 de 2024.

La versión actualizada de cada formulario para el año 2026 estará disponible en nuestra sección Formularios e instructivos Dian.

¿Quieres entender todo sobre el SIMPLE?

Si quieres conocer todos los aspectos relacionados con esta obligación, recorre la Ruta de Actualización Régimen simple: tarifas, declaraciones, novedades y mucho más.

Material relacionado:

,
Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito