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Plazos para reportar información exógena en 2026: conoce las fechas y evita sanciones


Plazos para reportar información exógena en 2026: conoce las fechas y evita sanciones

Actualizado: 4 diciembre, 2025 (hace 2 meses)

La Resolución 000188 de 2024 ajustó las fechas de vencimiento de la Resolución 000162 de 2023. Ahora los plazos se manejarán en “días hábiles”, alineados con el Decreto 2229 de 2023, que fijó el calendario tributario para los años gravables 2024 y siguientes.

Aquí te explicamos de forma sencilla los plazos para 2026.

El artículo 10 de la Resolución 000188 de 2024 de la Dian modificó el artículo 65 de la Resolución 000162 de 2023 mediante la cual se disponen los plazos para suministrar la información anual y anual con corte mensual,  teniendo en cuenta el último dígito del NIT del informante cuando se trate de un gran contribuyente o los dos últimos dígitos del NIT del informante cuando se trate de una persona jurídica y asimilada o una persona natural y asimilada.

Según esta modificación, las fechas límite de presentación de la información exógena del año gravable 2025 durante el año 2026 serían las siguientes:

Grandes contribuyentes 

Último dígito del NIT

Hasta el día

Último dígito del NIT

Hasta el día

1

27 de abril

6

7 de mayo

2

28 de abril

7

8 de mayo

3

2 de mayo

8

11 de mayo

4

5 de mayo

9

12 de mayo

5

6 de mayo

0

13 de mayo

Personas jurídicas y naturales  

Últimos dígitos

Hasta el día

Últimos dígitos

Hasta el día

01 al 05

14 de mayo

51 al 55

29 de mayo

06 al 10

15 de mayo

56 al 60

1 de junio

11 al 15

19 de mayo

61 al 65

2 de junio

16 al 20

20 de mayo

66 al 70

3 de junio

21 al 25

21 de mayo

71 al 75

4 de junio

26 al 30

22 de mayo

76 al 80

5 de junio

31 al 35

25 de mayo

81 al 85

9 de junio

36 al 40

26 de mayo

86 al 90

10 de junio

41 al 45

27 de mayo

91 al 95

11 de junio

46 al 50

28 de mayo

96 al 00

12 de junio

 

Otros vencimientos

1

Convenios de cooperación y asistencia técnica con organismos internacionales para el apoyo y ejecución de programas o proyectos (artículos 1.3.2.1 y 1.3.9.1.3 de la Resolución Única Dian 000227 de 2025): entre el 27 de abril y el 13 de mayo de 2026 (conforme al último dígito del NIT) para grandes contribuyentes, y entre el 14 de mayo y el 12 de junio de 2026 (según los últimos dígitos del NIT) para personas jurídicas y naturales no catalogadas como grandes contribuyentes (artículos 2 y 65 de la Resolución 000162 de 2023, modificado por el artículo 10 de la Resolución 000188 de 2024).

2

Registraduría Nacional (artículo 1.3.9.1.1 de la Resolución Única Dian 000227 de 2025): vence el 2 de marzo de 2026 (artículo 63 de la Resolución 000162 de 2023).

3

Grupos empresariales – Estados financieros consolidados (artículo 1.3.9.1.2 de la Resolución Única Dian 000227 de 2025): vence el 30 de junio de 2026 (artículo 64 de la Resolución 000162 de 2023).

4

Información del impuesto de industria y comercio (parágrafo 2 del artículo 1.3.9.1.3 de la Resolución Única Dian 000227 de 2025): vence el 31 de agosto de 2026 (artículos 54 y 65 de la Resolución 000162 de 2023).

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Fuente: Resolución Única Dian 000227 de 2025

 

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