Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Por primera vez en Colombia, trabajadoras y trabajadores domésticos recibirán prima de servicios


Actualizado: 28 noviembre, 2016 (hace 7 años)

MinTrabajo lanza campaña pedagógica e informativa para sensibilizar a empleadores y trabajadores. La prima correspondiente al segundo semestre de 2016 deberá pagarse entre el 1 y 20 de diciembre, equivalente a 15 días de salario. Se verán beneficiados más de 730.000 trabajadores domésticos que hay en Colombia.

La ministra del Trabajo, Clara López Obregón lanzó la campaña pedagógica e informativa con el objetivo de recordar a los empleadores y demás personas que contraten trabajadores domésticos que, entre el 1 y 20 de diciembre deberán pagarles la prima de servicios según lo determinó la Ley 1788 del 7 de julio de 2016.

De acuerdo a lo dispuesto en la normatividad, la prima debe cancelarse a las trabajadoras y trabajadores domésticos: a toda persona natural que presta sus servicios a los hogares en tareas como aseo, cocina, lavado, planchado, jardinería, conductor de familia y trabajadores de finca.

“Este primer pago de la prima es un hecho importante porque se trata de una deuda histórica, una reivindicación laboral, que teníamos con más de 730.000 trabajadores domésticos, un bueno número de éstos mujeres que prestan sus servicios para los oficios del hogar, los cuales habían sido relegados durante muchos años y solo hasta ahora se hace justicia con este sector”, explica la Ministra.

La Ley 1788 del 7 de julio de 2016 indica que el pago de la prima de servicios corresponde a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos, así: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros 20 días de diciembre. Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo laborado.

En este sentido, esta primera prima que se otorgará concerniente a la mitad de un salario, compete al semestre trabajado entre julio-diciembre de 2016. A manera de ejemplo, es de anotar que si una persona que gana un salario mínimo que para el presente año equivale a $689.455 al mes, tiene derecho a una prima de servicios de $383.578, que se debe empezar a pagar entre los primeros 20 días del mes de diciembre.

No obstante, teniendo en cuenta que un amplio número de trabajadores domésticos en Colombia trabajan por periodos inferiores a un mes, MinTrabajo para facilidad del público ha establecido una regla para la liquidación de la prima de servicios, cuya fórmula es así:

  • Prima de servicios = valor del salario mensual x (número de días trabajados en el semestre) /360 (correspondiente a los días del año).
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Fuente: Ministerio del Trabajo.

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