Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿Por qué al 95 % de los colombianos le conviene pensionarse en un fondo privado?


¿Por qué al 95 % de los colombianos le conviene pensionarse en un fondo privado?
Actualizado: 17 mayo, 2019 (hace 5 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Personas de bajos ingresos que han trabajado años en la informalidad
  • Personas con empleos estables y con ingresos de entre 1 y 2 salarios mínimos
  • Personas con altos ingresos, pero pocas semanas
  • ¿Y el 5 % restante?

El panorama pensional para una persona con bajos ingresos que ha trabajado por muchos años en la informalidad difiere de aquella que tiene un empleo estable y gana entre uno y dos salarios mínimos. El horizonte pinta distinto para quienes tienen altos ingresos, pero han cotizado por pocas semanas.

El 8 de abril de 2019 publicamos el editorial ¿Será cierto que al 95 % de los colombianos le conviene un fondo privado y al 5 % Colpensiones?, el cual generó gran cantidad de comentarios polémicos por parte de quienes lo leyeron. Hoy queremos profundizar más en el tema.

“conviene más un fondo privado de pensiones, porque al no lograr una pensión recibirá una devolución del dinero ahorrado durante los años, suma que será mucho mayor en los fondos de pensiones que en el régimen público”

Con la colaboración de Asofondos y Jorge Llano, vicepresidente técnico y de estudios económicos de la entidad, se presentan casos puntuales, según ciertas características laborales de individuos, y debidamente explicados que demuestran por qué el 95 % de los colombianos hoy por hoy apunta a una jubilación de la mano de un fondo privado de pensiones.

Personas de bajos ingresos que han trabajado años en la informalidad

  • El 80 % de la población colombiana está en esta categoría. Trabajos de cuenta propia como comerciantes, tenderos, entre otros, tienen mucha dificultad para cumplir los requisitos del régimen de prima media (1.300 semanas y 62 años si es hombre o 57 años si es mujer), ya que cotizan solo 500 semanas en promedio.
  • Quien haga parte y se desempeñe en alguno de los anteriores oficios probablemente tampoco cumplirá con los requisitos del régimen de ahorro individual: 1.150 semanas cotizadas o el capital suficiente para pensionarse con un salario mínimo.
  • Por lo anterior, conviene más un fondo privado de pensiones, porque al no lograr una pensión recibirá una devolución del dinero ahorrado durante los años, suma que será mucho mayor en los fondos de pensiones que en el régimen público, ya que en el primero le entregan sus aportes ajustados a la inflación más los rendimientos generados. En el segundo solo serán sus aportes ajustados a la inflación. Es decir, recibirá $35.000.000 vs. $4.800.000 en promedio.
  • Luego de esto, y con el fin de obtener un ingreso vitalicio mensual, puede pasarse al sistema de beneficios económicos periódicos –BEPS–, en el que el Estado pone un 20 % adicional a su saldo.
TAMBIÉN LEE:   Senado de la República aprobó proyecto de reforma pensional

Personas con empleos estables y con ingresos de entre 1 y 2 salarios mínimos

  • El 10 % de los colombianos pertenece a esta categoría. Si durante la mayoría de su vida laboral ha tenido este tipo de ingresos, probablemente en ambos regímenes se pensionará con un salario mínimo.
  • En un fondo privado recibirá la misma pensión, pero en menos tiempo, debido a que en los fondos de pensiones solo necesita 1.150 semanas, es decir, 3 años menos que en el régimen público.

Personas con altos ingresos, pero pocas semanas

  • El 5 % de los colombianos está en esta categoría. Varias personas salen del país por muchos años por estudio o trabajo, se dedican al hogar o realizan otras actividades en las que no cotizan a pensión. Luego, vuelven al mercado laboral y tienen buenos ingresos. Pero, lamentablemente, al acercarse a la edad de pensión se dan cuenta que no alcanzarán el requisito de las semanas.
  • Solo en los fondos de pensiones se tiene la opción de pensionarse por capital, sin cumplir los requisitos de semanas más los rendimientos que ha generado tu ahorro a lo largo de los años.
  • Plasmemos lo anterior con un ejemplo: Rafael comenzó a trabajar a los 22 años, en 1978, y en 2018, al cumplir 62 años, supo que solo pudo cotizar 1.050 semanas. A lo largo de sus años laborales él tuvo un ingreso promedio de 10 salarios mínimos.
  • Para este caso, en el régimen de prima media no se pensionaría, porque no cumple con el requisito de las semanas. Su devolución de aportes sería de $106.000.000.
  • En el régimen de ahorro individual con solidaridad sí se pensionaría por capital. Además, tendría una pensión vitalicia para él y sus beneficiarios por $320.000.000.

¿Y el 5 % restante?

  • A este porcentaje conviene el régimen público, ya que lo conforman personas que han estado en la formalidad laboral durante toda su vida, por lo que cumplirán con las 1.300 semanas y además tienen altos ingresos.
  • Adicionalmente, son quienes reciben un mayor subsidio del Estado, ya que entre más alta la pensión, más alto es el auxilio.

Material relacionado

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,