Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Posibilidad de efectuar solo aportes a salud


Actualizado: 23 julio, 2018 (hace 6 años)

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta

¿Puede una persona en Colombia efectuar solo aportes a salud?, ¿qué requisitos son necesarios?

Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral, señala que para la prestación del servicio de salud, existen tres regímenes: el contributivo, el subsidiado y el régimen de excepción.

Dicho lo anterior, se precisa que al régimen contributivo aportan las personas que tienen capacidad de pago, ejemplo las personas vinculadas mediante un contrato de trabajo o los  trabajadores independientes que perciben mensualmente ingresos superiores a un salario mínimo.

Es de anotar que existen ciertos casos en los cuales se exime de la responsabilidad de efectuar pagos a pensión, como por ejemplo las personas que fueron vinculadas a través de un contrato de trabajo o de prestación de servicios, pero ya se encuentran en lista de pensionados en Colombia o aquellas que se vinculan a la edad de 60 años y nunca han realizado aportes al sistema de seguridad social.

Ahora bien, los trabajadores vinculados por días que se encuentran recibiendo los servicios de salud a través del régimen subsidiado, pueden quedar exonerados de efectuar el aporte al régimen contributivo en salud, sin embargo dicha excepción no aplica sobre el aporte a la ARL, la caja de compensación familiar y pensión según lo indicado en el artículo 2.2.1.6.4.2. del Decreto 1072 de 2015.

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