Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Postulación para subsidio de septiembre y octubre por generar empleos podrá realizarse en noviembre


Actualizado: 21 octubre, 2021 (hace 3 años)

Empleadores que hayan realizado nuevas contrataciones de jóvenes entre 18 y 28 años, y de mujeres y hombres mayores de 28 años, podrán postularse en noviembre parar recibir incentivos.

Teniendo en cuenta la entrada en vigencia de la Ley 2155 de 2021, los empleadores que vincularon en sus nóminas jóvenes entre 18 y 28 años y personas mayores en los meses de septiembre y octubre, podrán postularse en noviembre para recibir el apoyo del Gobierno nacional.

La solicitud del incentivo económico podrá realizarse siempre y cuando los aportes en la Pila se encuentren al día.

Para el caso de los jóvenes entre 18 y 28 años, se recibirá por cada trabajador el 25 % de un salario mínimo mensual legal vigente, correspondiente a $227.131, para lo cual el empleador debe postularse mes a mes.

Por su parte, la creación de puestos de trabajo para hombres mayores de 28 años el incentivo es del 10 % de un salario y si se trata de vincular mujeres, el apoyo será del 15 %, teniendo en cuenta que los ingresos no excedan los tres salarios mínimos en los dos últimos casos.

«Convoco a los empleadores a que continuemos aprovechando esta oportunidad, es un incentivo económico que estará en operación hasta el 2023», señaló el viceministro de Empleo y Pensiones, Andrés Felipe Uribe Medina.

Estos estímulos para la generación de empleo, quedaron convertidos en política pública y beneficia a las personas jurídicas, personas naturales, consorcios, uniones temporales, patrimonios autónomos y cooperativas.

El empleador o quien se crea acreedor al auxilio, debe realizar el trámite ante la entidad financiera en la cual maneja su cuenta bancaria, donde debe presentar el formulario de manifestación de intención y postulación como beneficiario del apoyo para la generación de empleo, tanto para jóvenes como para mayores de 28 años, y diligenciar la certificación de cumplimiento de requisitos.

Para adelantar la verificación del número de los nuevos empleados y calcular el aporte estatal, la UGPP validará, tanto para los trabajadores dependientes, como para los trabajadores asociados, que las obligaciones pertinentes a través de la Pila se encuentren al día.

Fuente: Ministerio del Trabajo

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,