Desde el 2015 las quejas y reclamos por parte de las personas que toman un seguro vienen en aumento. Las quejas del primer trimestre del 2016 superan en un 50,4% a las reportadas en igual período del año pasado. Sin embargo, se pueden tomar medidas al respecto.
En Colombia, el 10% de las personas que adquieren un seguro expresan no estar satisfechas con la información sobre los costos y coberturas que les entregaron en el momento de adquirirlo; así lo confirma una encuesta realizada por la Superfinanciera.
Por otra parte, el 24% de los consultados consideró que adquirir un seguro es plata perdida porque nunca se usa; 15% señaló que los deducibles que cobran las compañías son muy elevados; 12%, que las primas son demasiado costosas; y 11%, que tienen demasiadas exclusiones.
Las pólizas falsas, adulteradas o robadas totalizaron 4.400 millones de pesos, monto que hace parte de los 23.245 millones de pesos relacionados con las objeciones por fraude.
La Superfinanciera viene detectando, desde el 2015, un marcado crecimiento en las quejas y reclamos que los tomadores de seguros del país presentan contra las compañías a través de los distintos canales dispuestos para tal fin.
Las quejas del primer trimestre del 2016 superan en un 50,4% a las reportadas en igual período del 2015.
La Superintendencia Financiera privilegia los derechos legales del consumidor, supervisando el sistema financiero de las entidades que tiene a cargo para evitar incumplimientos por parte de las aseguradoras.
Las quejas se pueden presentar por diversos medios: se puede dirigir a la Superfinanciera, ubicada en la Calle 7ª N° 4 – 49 en la ciudad de Bogotá, escribir un correo electrónico a super@superfinanciera.gov.co o llenar el formulario de quejas y reclamos en la página web.
Las quejas que se interpongan en contra de la entidad aseguradora deben cumplir con los requisitos legales de toda petición, como son nombres y apellidos completos, motivos de inconformidad y los soportes correspondientes. Luego, las quejas serán analizadas y tramitadas con las normas y parámetros establecidos por la ley.
La entidad adelantará la investigación y la sanción de las entidades que no cumplan con la información suministrada a partir de la compra, generando que las empresas encargadas de la venta de dicho bien se vean obligadas a explicar los motivos por los cuales no se hace efectiva la póliza de seguro con copia a la entidad que regula su funcionamiento.
Si la persona afectada no está conforme con la respuesta que la aseguradora le brindó, puede presentar una queja judicial o demanda, teniendo en cuenta que deberá cumplir con los requisitos y cargas del proceso judicial acogiendo el artículo 57 de la Ley 1480 del 2011.