Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Precedente judicial: obligatoriedad de su aplicación en el derecho colombiano


Actualizado: 29 enero, 2018 (hace 6 años)

El precedente judicial es entendido como la sentencia o conjunto de ellas, anteriores a un caso determinado, que por su pertinencia o semejanza en los problemas jurídicos resueltos deben ser consideradas por las autoridades judiciales al momento de emitir un fallo que tengan entre manos.

Al respecto se puntualizan los siguientes parámetros que permiten determinar el carácter vinculante del precedente judicial:

  • Que en la ratio decidendi (razón para tomar la decisión) de la sentencia anterior se encuentre una regla jurisprudencial aplicable al caso a resolver.
  • Que esta ratio decidendi resuelva un problema jurídico semejante al propuesto en el nuevo caso.
  • Que los hechos del caso sean equiparables a los resueltos con anterioridad.

De no verificarse el cumplimiento de alguno de los anteriores elementos esenciales, no es posible establecer que una sentencia o un conjunto de providencias constituyen precedente aplicable a un asunto determinado, por lo que el juez no está en la obligación de aplicarlo.

Supremacía

Las sentencias adoptadas por la Corte Constitucional tienen un carácter preponderante en el ordenamiento jurídico con ocasión a las competencias que la Constitución Política le atribuyó.

El artículo 241 de la Constitución establece que la Corte Constitucional es la institución garante e intérprete autorizada de la Constitución; en esa medida, las decisiones en las que determine el alcance y contenido de disposiciones constitucionales se tornan obligatorias, tanto en su parte resolutiva como en su ratio decidendi.

Material relacionado:

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito