Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Presentación de información exógena por persona natural que tuvo más de 500 millones de ingresos


Actualizado: 5 mayo, 2017 (hace 7 años)

¿Qué formatos de información exógena debe presentar una persona natural que tuvo más de 500 millones de ingresos obtenidos por venta de un inmueble y dividendos en el año 2015 y que no está obligado a llevar contabilidad?

Resuelta 19  de Abril  de 2017

El Dr. Diego Guevara aclara que cuando se tiene la duda al respecto de qué reportes de información exógena deben presentarse tanto para una persona natural como una persona jurídica es preciso estudiar la Resolución 000112 de octubre de 2015, que hasta la fecha ha sido modificada con tres resoluciones más.

De la anterior normatividad se destaca lo dispuesto en el artículo 4 de la Resolución 000112 de 2015, el cual dentro de otros aspectos se refiere a:

“ARTICULO 4. OBLIGADOS QUE DEBEN REPORTAR ANUALMENTE. a) Las personas naturales y asimiladas, que en el año gravable 2014 hayan obtenido ingresos brutos superiores a quinientos millones de pesos ($500.000.000). b) Las personas jurídicas, sociedades y asimiladas y demás entidades públicas y privadas obligadas a presentar declaración del Impuesto sobre la Renta y complementarios o de ingresos y patrimonio, que en el año gravable 2014 hayan obtenido ingresos brutos superiores a cien millones de pesos ($100.000.000).”

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,