Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿La retención en la fuente también se presenta en ceros?


Actualizado: 1 mayo, 2020 (hace 4 años)

Responde conferencista: Diego Guevara

¿Si una empresa no realizó ventas ni compras a causa del COVID-19, aun así debe presentar la retención en la fuente en ceros en el formulario 350?

Pregunta resuelta abril 23 de 2020

En el artículo 368 del Estatuto Tributario figuran los contribuyentes que deben actuar como agentes de retención, los cuales deben, entre otras obligaciones, presentar estos recaudos ante la Dian a través del formulario 350, incluso sin pago, pero atendiendo todos los lineamientos establecidos en el artículo 580-1 del citado estatuto.

A continuación, el contador público Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, aclara dudas manifestadas de manera recurrente por nuestros lectores respecto a si es o no obligatorio presentar a la Dian el formulario 350 de la retención en la fuente en cero.

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