Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Presentación y pago de autorretención de renta para sociedad que no percibirá ingresos en el año


Actualizado: 7 febrero, 2017 (hace 7 años)

Si una sociedad no percibirá ingresos en el año, ¿debe presentar y pagar la autorretención de renta?

Resuelta en febrero 02 de 2017

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, señala que mediante el Decreto 2201 de 2016, se reglamentó la nueva autorretención especial a título de renta y ganancia ocasional, creada mediante la Ley 1819 de 2016, la cual reemplaza la autorretención aplicada hasta el año gravable 2016 por concepto del CREE.

Recordemos que tendrán la obligación de aplicar la nueva autorretención especial a título de renta los contribuyentes que califiquen como sociedades y que a su vez les aplique la exoneración de aportes parafiscales que dispone el artículo 114-1 del Estatuto Tributario.

Vale la pena precisar que en los meses en que la sociedad no percibe ingresos, la autorretención a título de renta será de cero.

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