Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Presidente Santos presentó Ley que beneficia a trabajadores del servicio doméstico


Actualizado: 25 julio, 2016 (hace 8 años)

Al conmemorarse el Día Internacional de los trabajadores del servicio doméstico, el presidente Santos; la Ministra de Trabajo, Clara López Obregón, y el presidente de Colpensiones, Mauricio Olivera, presentaron la Ley 1788 del 7 de julio del 2016 que reconoce el pago de la prima de servicios a las trabajadoras domésticas, los conductores de servicio familiar y los trabajadores por días, entre otros.

Según la nueva normativa, el empleador está obligado a pagar a su empleado o empleados la prestación social denominada prima de servicios que corresponderá a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos, así: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros 20 días de diciembre. Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo laborado.

Agrega la ley que se incluye en esta prestación económica a los trabajadores del servicio doméstico, choferes de servicio familiar, trabajadores por días o trabajadores de fincas, y en general a los trabajadores que cumplan con las condiciones de empleado dependiente. Entre los congresistas que promovieron y apoyaron esta iniciativa se destacan las representantes Angélica Lozano y Ángela María Robledo, así como los senadores Jorge Eliécer Prieto (ponente), Claudia López, Antonio Navarro, Iván Name y Jorge Iván Ospina, entre otros.

Según indicó el Primer Mandatario, la Ley 1788 de 2016 paga una deuda histórica, reconoce los derechos laborales de la población que presta sus servicios para los oficios del hogar, los cuales habían sido relegados durante muchos años y se hace justicia con un sector que cobija un amplio número de mujeres.

Fuente: Ministerio del Trabajo.

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