Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Presunción de costos para trabajadores independientes según el Decreto 1601 de 2022


Actualizado: 5 septiembre, 2022 (hace 2 años)

Responde conferencista: Angie Marcela Vargas.

¿En el tema de la presunción de ingresos de los trabajadores independientes del Decreto 1601 de 2022 se aplica el esquema de presunción de costos cuando no se tienen los soportes debidamente acreditados? ¿En qué momento debe usarse el sistema de presunción de costos? En general, ¿cuáles son las novedades del decreto en comento?

Pregunta resuelta 19 de agosto de 2022.

El Decreto 1601 del 5 de agosto de 2022 reglamentó la cotización a seguridad social de los trabajadores independientes con contratos diferentes al de prestación de servicios. Dicha norma estableció el sistema de presunción de ingresos con base en las actividades económicas que desarrollan los trabajadores independientes por cuenta propia con contratos diferentes a prestación de servicios; este sistema deberá tenerse en cuenta para referenciar y dar cumplimiento a lo establecido en el parágrafo 2 del artículo 204 de la Ley 100 de 1993.

Las personas independientes con contratos diferentes a prestación de servicios son toda aquella persona natural que genere ingresos derivados de la celebración de contratos con personas naturales o jurídicas de derecho público o privado, que como bien lo indica su nombre, son contratos que no cumplen los parámetros de uno de prestación de servicios.

La Dra. Angie Marcela Vargas, especialista en temas laborales y en seguridad social, explica el esquema de presunción de costos dispuesto en el Decreto 1601 del 5 de agosto de 2022 en relación con el ingreso base de cotización para los otros independientes.

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