Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Prima de servicios en la suspensión del contrato de trabajo por licencia no remunerada


Actualizado: 1 diciembre, 2022 (hace 1 año)

Responde conferencista: Angie Marcela Vargas.

Cuando se suspende el contrato de trabajo por una licencia no remunerada a un trabajador, ¿se le debe liquidar la prima de servicios? ¿Cómo afecta esta suspensión a la liquidación de la prima de servicios?

Pregunta resuelta 18 de noviembre de 2022

En este video, la Dra. Angie Marcela Vargas, especialista en derecho laboral y en seguridad social, indica, según los artículos 51 y 53 del Código Sustantivo del Trabajo, la oportunidad de establecer que por unas causales muy puntuales el contrato de trabajo se suspenda; es decir, que el trabajador no preste el servicio y el empleador no pague el servicio que la persona no está prestando; sin embargo, el contrato de trabajo sigue vigente.

Dentro de los casos de suspensión del contrato se encuentran las licencias no remuneradas, estas son permisos que el trabajador solicita al empleador para ausentarse sin que este último le realice el pago de su salario. Cuando se realice la suspensión del contrato de trabajo, el empleador deberá pagar las prestaciones sociales, dado que el contrato de trabajo no pierde su vigencia.

El artículo 53 del Código Sustantivo del Trabajo establece que, cuando un contrato de trabajo se encuentra suspendido, no se van a tener en cuenta los días de ausencia del trabajador para el cálculo de las vacaciones, además de las cesantías; sin embargo, dicho artículo no menciona la prima de servicios, lo que quiere decir que la ausencia del trabajador no afecta el pago de esta.

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