Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Procedimiento a realizar por inconformidad con la calificación de la ARL del estado de salud


Actualizado: 19 febrero, 2018 (hace 6 años)

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta 

 ¿Si un empleado no está de acuerdo con la calificación que le dio la ARL, respecto a su estado de salud, qué tiempo tiene para manifestar su inconformidad y qué documentos debe presentar? 

Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral, indica que las administradoras en seguridad social integral se encuentran facultadas para emitir conceptos de calificación por invalidez de un empleado, conforme a lo establecido en el artículo 142 del Decreto-ley 019 de 2012.

En la citada norma, se establece que, si el trabajador no está de acuerdo con la calificación establecida por las entidades que conforman el sistema de seguridad social, podrá manifestar su inconformidad dentro de los diez siguientes a la notificación, para que dichas entidades remitan la notificación a la junta nacional de calificación de invalidez.

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,