Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Procedimiento disciplinario en el sector privado


Actualizado: 16 noviembre, 2015 (hace 8 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Elementos claves en materia disciplinaria del Reglamento de Trabajo
  • ¿Quién adelanta el proceso disciplinario?
  • ¿El proceso disciplinario también se debe llevar a cabo en una empresa pequeña?
  • Requisitos del Reglamento de Trabajo para la imposición de sanciones disciplinarias

No existe procedimiento especial distinto del indicado en el Código Sustantivo del Trabajo, donde se estipule cómo realizar el proceso disciplinario; por tanto, se tiene que cuando un trabajador ha cometido alguna infracciona, se debe dar aplicación al artículo 115 del CST, en concordancia con lo estipulado en el Reglamento Interno de Trabajo y el artículo 108 del CST.

Elementos claves en materia disciplinaria del Reglamento de Trabajo

En Sentencia C- 593 del 2014, la Corte Constitucional estipuló los parámetros mínimos que se deben contemplar en un reglamento de trabajo en materia disciplinaria:

  • Se deben indicar las faltas y sanciones del trabajador.
  • Se debe dejar claro el procedimiento disciplinario.
  • Designar ante quién se ejercerá el derecho de defensa.
  • Manifestar la posibilidad de controvertir la decisión final.

¿Quién adelanta el proceso disciplinario?

El empleador tiene la libertad para establecer si la misma persona que escucha al trabajador en diligencias de descargos es quien le impone la sanción disciplinaria en primera instancia, siempre y cuando esta persona pertenezca a la empresa.

¿El proceso disciplinario también se debe llevar a cabo en una empresa pequeña?

Sin importar el tamaño de la empresa, el empleador está obligado a dar cumplimiento a los principios constitucionales y respetar el artículo 115 del CST, y aplicar el proceso disciplinario.

Requisitos del Reglamento de Trabajo para la imposición de sanciones disciplinarias

  • Comunicación formal de la apertura del proceso disciplinario.
  • Formulación de cargos imputados, sea verbal o escrita, donde consten de manera clara y precisa las conductas y faltas disciplinarias.
  • El traslado al imputado de todas y cada una de las pruebas que fundamentan los cargos formulados.
  • Fijación de la fecha de descargos.
  • Imposición de la sanción.
  • Posibilidad de presentar recurso para controvertir la decisión.

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