Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Procedimientos analíticos sustantivos para la ejecución de auditorías según las NIA


Procedimientos analíticos sustantivos para la ejecución de auditorías según las NIA
Actualizado: 21 julio, 2016 (hace 8 años)

Para la consolidación de una imagen global en relación al estado de la información financiera de una entidad sobre la cual se ejecuta una tarea de revisión, el auditor puede valerse de procedimientos analíticos sustantivos que le permitirán identificar no solamente variaciones significativas sino también relaciones incongruentes en los datos presentados.

La Norma Internacional de Auditoría –NIA– 520, que aborda el tema de los procedimientos analíticos y sustantivos de los que hace uso el auditor, trata de la responsabilidad que tiene este profesional contable en relación a la aplicación en fechas cercanas a la finalización de la auditoría, de procedimientos que le faciliten alcanzar una conclusión global sobre los estados financieros. Esta NIA del Estándar de Aseguramiento de la Información puede ser consultada en el Anexo 4 del Decreto 2420 del 2015, que compiló toda la reglamentación vigente respecto a las Normas Internacionales de Información Financiera y las de Aseguramiento de la Información derivadas de la Ley 1314 del 2009.

Con la finalidad de evaluar la razonabilidad de los datos que reposan en los estados financieros de la entidad sobre la que se practica una revisión, un auditor puede hacer uso de procedimientos analíticos sustantivos que básicamente buscan contrastar la información disponible en los informes del contador versus las expectativas del auditor, que no resultan de su deseo profesional sino de ciertos estándares de congruencia y de la comparación de información histórica que asume que las relaciones de crecimiento o detrimento de las cifras se mantienen constantes en tanto no se presenten condiciones opuestas. En otras palabras, la estructura financiera de la entidad tiende a ser constante, y las variaciones fuertes de crecimiento o deterioro deben responder a condiciones externas o internas identificables.

Para alcanzar el mencionado fin, el auditor podrá comparar la información financiera que revisa y los siguientes elementos:

  • La información comparable de períodos anteriores.
  • Los resultados proyectados de la entidad en documentos oficiales, tales como presupuestos y pronósticos o expectativas del auditor, por ejemplo, una estimación de las amortizaciones.
  • Información similar del sector, como por ejemplo la comparación de la relación entre ventas y cuentas por cobrar del promedio de las entidades del mismo sector.
“para la implementación de procedimientos analíticos se pueden emplear diversos métodos, que van desde la realización de comparaciones simples hasta la ejecución de análisis complejos que pueden valerse de herramientas estadísticas avanzadas”

De igual forma, se podrán establecer relaciones de variación entre los datos de la información financiera de los que, por la experiencia de la entidad, se espere que sigan la pauta predecible, tales como el margen bruto o la relación entre costos salariales y el número de empleados. En todo caso, para la implementación de procedimientos analíticos se pueden emplear diversos métodos, que van desde la realización de comparaciones simples hasta la ejecución de análisis complejos que pueden valerse de herramientas estadísticas avanzadas.

Por ejemplo, dos tipos de procedimientos analíticos sustantivos de los que puede valerse el auditor, son los análisis de tendencias y las pruebas de razonabilidad. Los primeros constituyen una herramienta muy útil para evaluar el comportamiento de una cuenta determinada en los estados financieros durante un período particular, a fin de establecer los puntos de aparición de variaciones significativas sobre las cuales el auditor deberá profundizar más adelante. Por su parte, los segundos pretenden determinar si el valor llevado a los estados financieros está dentro de los límites congruentes de coordinación con la estructura financiera y operativa de la entidad.

Dependiendo del alcance de la auditoría pactada, el profesional que ejecuta la revisión podrá aplicar dichos procedimientos analíticos a los estados financieros separados, los consolidados, a algún componente de los estados financieros o a un elemento individual de la información.

Elementos a tener en cuenta para determinar un procedimiento analítico sustantivo

El auditor que pretenda aplicar procedimientos analíticos sustantivos, tanto en los casos que desee aplicarlos por sí solos, como en combinación de otras pruebas de detalle, deberá determinar la idoneidad del procedimiento que está planteando realizar en la organización para determinar alguna afirmación, pues en ningún caso puede obviar los riesgos asociados a incorrección material. De igual forma deberá evaluar la fiabilidad de los datos que obtenga, y a partir de los cuales definirá su expectativa respecto a las cantidades registradas en los estados financieros; para tal fin debe garantizar la confiabilidad de la fuente que le entrega las cifras, la naturaleza de los informes y la relevancia de la información disponible, al igual que los controles que fueron ejecutados para la preparación de dicha información.

Una vez se haya determinado una expectativa del auditor, este deberá indicar si es suficientemente precisa como para identificar una incorrección, que si bien es analizada de forma individual o aunada a otras, puede tener efectos importantes en los estados financieros configurando una incorrección material.

Finalmente, el auditor deberá cuantificar cualquier diferencia entre las cantidades registradas y los valores esperados que se considere aceptable, sin que sea necesaria una investigación detallada sobre las razones que dieron origen a las diferencias.

¿Qué hacer en caso de evidenciar diferencias significativas?

Si el resultado de la aplicación de los procedimientos analíticos que se hayan ejecutado en cumplimiento total de la NIA 520, ponen en evidencia variaciones significativas o relaciones incongruentes en la información que ha sido llevada a los estados financieros de la compañía, el auditor deberá investigar más a fondo dichos hallazgos para determinar la transparencia de su origen; para tal fin deberá indagar la dirección de la entidad y aplicar otros procedimientos a los que haya lugar según la circunstancia particular.

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