Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Proceso de formulación de denuncia penal


Actualizado: 13 marzo, 2017 (hace 7 años)

Al momento de conocer de la comisión de un delito o de ser víctima de uno, ya sea un homicidio, falsedad, extorsión, lesiones personales, amenazas, tentativa de homicidio acceso carnal violento, actos sexuales abusivos, trata de personas, hurto, estafa, falsificación de moneda, terrorismo, secuestro o cualquier otra clase de delito, cualquier ciudadano está en la obligación de presentarse ante las autoridades competentes con el fin de formular la denuncia penal.

Esta obligación se encuentra contenida en el artículo 67 de Código de Procedimiento Penal –CPP–, e indica que toda persona debe denunciar cualquier acto que sea considerado delictivo y que este en su conocimiento siempre que deba investigarse de oficio.

Se exige que el funcionario público que conozca de la comisión del mismo, debe actuar con celeridad y sin tardanza la investigación si tuviera competencia para ello, de no ser así, deberá poner en conocimiento el hecho ante la autoridad competente.

Cuando se deba realizar la denuncia, el ciudadano debe diligenciar el formato respectivo, en papel blanco, tamaño oficio, original y 3 copias; o en caso contrario debe presentarse ante el ente en donde se desea formular la denuncia en forma personal.

Para ello, el ciudadano debe anexar fotocopia de la cédula de ciudadanía o documento con fotografía más los documentos que sirvan de prueba, tales como escritos, grabaciones magnetofónicas, fotografías, videos, armas, proyectiles, etc.

En el documento donde se relatan los hechos incluir dirección y/o teléfono del denunciante.

Una vez recibida la denuncia, en la oficina de denuncias y contravenciones ubicadas en las Estaciones de Policía o en las Unidades Judiciales, cualquiera de estos enviara a la oficina de asignaciones de la Fiscalía General de la Nación, ente encargado de destinar al Fiscal que instruirá el proceso.

El Ciudadano, será citado por el fiscal asignado a su proceso, para ser escuchado en ampliación de la denuncia.

Durante el desarrollo de la investigación, el ciudadano podrá solicitar al Fiscal encargado información sobre su caso.

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