Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Proceso de sensibilización y socialización para la convergencia de las NIIF con Estándares Internacionales


Proceso de sensibilización y socialización para la convergencia de las NIIF con Estándares Internacionales
Actualizado: 9 agosto, 2011 (hace 13 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Algunas recomendaciones hechas por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública
  • Tres pasos a seguir
  • Reglamento del Grupo de Trabajo

Presentamos algunos puntos de vista dados por el Consejo Técnico de la Contaduría Público sobre las últimas decisiones tomadas alrededor del Grupo de Trabajo del Sector Educativo para socializar las NIIF.

Hace unas semanas les contamos detalles sobre la instalación del Grupo de Trabajo del Sector Educativo para socializar las NIIF. Aquí les presentamos más incidencias sobre las últimas decisiones que se han tomado alrededor de este tema.

Algunas recomendaciones hechas por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública

Los siguientes organismos son los responsables de llevar a cabo el cumplimiento de los objetivos de sensibilización y socialización de los procesos de convergencia de las normas de contabilidad, de información financiera y de aseguramiento de la información con estándares internacionales en las empresas:

  • Ministerios de Educación, Hacienda y Crédito Público y Comercio, Industria y Turismo.
  • Representantes de las facultades y programas de Contaduría Pública del país.
  • Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP).

Los objetivos de la Ley buscan que los responsables  promuevan acciones para que los preparadores, aseguradores y usuarios en general de los estados financieros obtengan los conocimientos adecuados para lo cual debe llevarse a cabo un proceso de divulgación, conocimiento y comprensión de los estándares internacionales de contabilidad e información financiera y aseguramiento de la información, dentro de los procesos de convergencia.

El CTCP, desde su integración por parte del gobierno, ha cumplido una serie de actividades, relacionadas con la elaboración de los planes de trabajo, cronogramas, creación de comités técnicos, definición del direccionamiento estratégico, participaciones en eventos nacionales e internacionales exponiendo los criterios de la misma ley y de la hoja de ruta a seguir en el desarrollo del mismo proceso de convergencia, entre otras.

Tres pasos a seguir

El Consejo Técnico de la Contaduría Se ha propuesto entonces una serie de pasos que permitan empezar a cumplir con la labor encomendada. El primero es la creación de un Grupo de Trabajo,  integrado por representantes de los organismos antes indicados, y liderado por representantes de las  facultades y programas de Contaduría Pública del país.

El segundo es realizar, por parte del grupo de trabajo, un proceso denominado “aprender para enseñar” para la formación de instructores especializados en todo el país, que incluya la generación de materiales de enseñanza sencillos y didácticos de las normas de contabilidad, de información financiera y de aseguramiento de la información con los estándares internacionales, tanto manuales como electrónicos.

El tercer paso consiste en replicar la enseñanza de las  normas en todo el país, por medio de profesionales debidamente capacitados, a los preparadores, aseguradores y a los distintos interesados en la información contenida en los estados financieros. Esta enseñanza cubriría las normas contables, de información financiera y de aseguramiento de la información que se establezcan en el país.

Reglamento del Grupo de Trabajo

El Consejo Técnico de la Contaduría ha propuesto un reglamento que tiene por objeto establecer los principios de actuación del  grupo de trabajo del sector educativo, definir las reglas básicas de su organización, alcance, conformación, funciones e integración de sus miembros, entre otros.

Funciones del grupo de trabajo

b) Conformar subgrupos de trabajo para realizar estudios o evaluaciones específicas cuando las circunstancias lo ameriten. Para este propósito se podrá contar con expertos en temas relacionados con el objeto del estudio.

c) Producir documentos acerca de los avances, impactos y demás temas desarrollados, con el fin de socializarlos dentro de los miembros del Grupo de trabajo.

d) Definir el reglamento de los subgrupos trabajo.

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Cabe destacar que el Grupo de trabajo dentro de sus funciones solo está facultado para presentar propuestas al CTCP dentro del marco de la Ley 1314 de 2009.

Conformación. El Grupo de Trabajo estará conformado por: El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Ministerio de Educación Nacional, un representante de las facultades y programas de Contaduría Pública del país, y el Consejo Técnico de la Contaduría Pública.

Deberes de los integrantes.

a) Asistir a las reuniones y participar activamente en sus deliberaciones.

b) Mantener informadas a las entidades que representan respecto del avance de las actividades desarrolladas.

c) Disponer del tiempo necesario para asistir a las reuniones y para realizar las tareas  que les sean  asignadas dentro del Grupo o subgrupos de trabajo a los que pertenezcan.

d) Cumplir con lo previsto en el reglamento.

Derechos de los integrantes.

a) Participar con voz y voto en los temas que se discutan.

b) Recibir información actualizada en forma oportuna.

c) Recibir copia de la versión aprobada de las conclusiones y recomendaciones a que se llegue por parte del Grupo de Trabajo.

Coordinación y Funciones. La coordinación del Grupo de Trabajo estará a cargo del Consejo Técnico de la Contaduría Pública y tendrá como funciones:

a) Coordinar las sesiones del Grupo de trabajo y proponer el orden del día.

b) Organizar los debates en cada una de las reuniones.

c) Hacer seguimiento a las labores desarrolladas por cada uno de los subgrupos que se lleguen a conformar.

d) Firmar las actas de las reuniones.

e) Realizar seguimiento al cronograma.

f) Proponer las actividades que resulten necesarias para mejorar la efectividad del trabajo adelantado por el Grupo de Trabajo.

g) Mantener los debates dentro de los temas y el nivel técnico que exija el objeto del Grupo.

h) Orientar las reuniones de manera que se llegue en forma rápida y eficaz a un acuerdo sobre el contenido de estudio del Grupo.

Subgrupos de trabajo. Se podrán conformar subgrupos que se encarguen de adelantar el análisis relacionado con temas específico. En cada uno de estos, se nombrará un coordinador, quien convocará a los miembros, para el estudio y análisis de los diferentes temas asignados al mismo.

Reuniones del grupo de trabajo. Para las reuniones ordinarias, la secretaría técnica convocará por lo menos con diez (10) días hábiles de anticipación, señalando la hora, fecha, sitio de la reunión y el orden del día. Las reuniones ordinarias se realizarán mínimo una vez cada dos meses.

Quorum. Para poder sesionar se requerirá un quórum mínimo de la mitad más uno de los miembros del Grupo de Trabajo. Se permite la participación no presencial en las reuniones del Grupo de Trabajo, siempre y cuando se garantice la comunicación simultánea por cualquier medio.

Actas. De cada reunión del Grupo de Trabajo se levantará un acta de lo tratado y de lo resuelto, suscrita por el Coordinador y el Secretario Técnico, previa consideración y aprobación de todos los miembros.

Decisiones. Estas se tomarán por lo menos con el 70% de los miembros del Grupo de Trabajo y se dejará constancia escrita de aquellas posturas que difieran de la posición mayoritaria en la respectiva acta. Las cuales deberán ser preparadas y entregadas a la Secretaría Técnica, por quién desee dejar dicha constancia.

Modificaciones al reglamento. Para modificar el reglamento, se requiere del voto favorable de la mayoría simple de todos miembros del Grupo de Trabajo asistentes a la reunión en donde se trate este tema.

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