Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Procuraduría General recomienda a las CAR abstenerse de participar en actividades proselitistas


Actualizado: 14 octubre, 2015 (hace 8 años)

La Procuraduría General de la Nación le dijo a la Asociación de Corporaciones Autónomas Regionales y Desarrollo Sostenible, que durante el proceso electoral, no deben participar en actividades de proselitismo político, y así evitar incurrir en las prohibiciones y restricciones contenidas en la Ley de Garantías Electorales.

Teniendo en cuenta las declaraciones del Gobierno sobre la designación de los directores generales de las Corporaciones Autónomas Regionales para el periodo institucional 2016 – 2019, la Procuraduría General de la Nación le recordó a la Asociación de Corporaciones Autónomas Regionales y Desarrollo Sostenible, que durante el proceso electoral para la escogencia de las autoridades municipales y departamentales en el país a desarrollarse el próximo 25 de octubre, deben abstenerse de participar en actividades de proselitismo político y de esta manera evitar incurrir en las prohibiciones y restricciones contenidas en la Ley de Garantías Electorales.

Esta acción preventiva se realiza con el fin de velar por la transparencia y legalidad de los procesos de elección de las autoridades ejecutivas y teniendo en cuenta que el proceso de elección de los directores de las CAR deberá realizarse en el trimestre inmediato anterior al inicio del periodo institucional respectivo, es decir, entre el primero de octubre y el 31 de diciembre de este año, por lo que los directores actuales, los funcionarios de las corporaciones, al igual que los miembros de los consejos directivos deben garantizar la transparencia, moralidad e imparcialidad, además de la promoción de las buenas prácticas electorales, para propender por el equilibrio entre los distintos candidatos que aspiren a cargos de elección popular, de tal manera que con la escogencia de los directores de las corporaciones no se beneficie alguna campaña política de las que se adelantan en Colombia.

De igual forma, con el propósito de proteger los recursos de las autoridades ambientales y que las decisiones que se tomen a su interior no incidan en el debate electoral, la Procuraduría advierte que podrían estar incursos en conductas establecidas como faltas disciplinarias del artículo 48 de la Ley 734 de 2002.

Fuente: Procuraduría General de la Nación

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