Capacitaciones Actualícese: Declaración de renta de personas naturales – taller de beneficios y descuentos

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La declaración de renta de personas naturales puede ser confusa, pero es obligatoria para quienes hayan obtenido ingresos que superen los límites de ingresos, consumos o patrimonio establecidos por la ley. Para la declaración correspondiente al año gravable 2022, se deben considerar los cambios introducidos por la Ley 2155 de julio 14 de 2021. 

Ahora bien, aunque son muchos los puntos clave de la declaración de renta de las personas naturales; los dividendos son tal vez uno de los más complejos y por ello serán estudiados con especial atención en esta capacitación; al respecto, será preciso recordar que según el artículo 246-1 del ET (creado con el artículo 9 de la Ley 1819 de 2016 y no modificado por la Ley 2010 de 2019 ni la Ley 2277 de 2022), las disposiciones de los artículos 242, 245 y 246 del ET solo se pueden aplicar a los casos en que se perciban dividendos gravados y no gravados de los ejercicios 2017 y siguientes. Por tanto, si se perciben dividendos del ejercicio 2016 o de años anteriores, aplicarán los lineamientos que tenían dichos artículos hasta diciembre de 2016 más los incorporados en los artículos 1.2.1.10.3 al 1.2.1.10.5, 1.2.4.7.1 al 1.2.4.7.3 y el 1.2.4.7.8 del DUT 1625 de 2016, modificados o creados con el Decreto 1457 de 2020. 

De otro lado, en lo que respecta a beneficios tributarios, esta declaración deberá contemplar aspectos como los ingresos no gravados entre los que figuran, por ejemplo, los aportes a salud y pensión, aportes voluntarios a fondos de pensiones obligatorias, el componente inflacionario o los ingresos provenientes de las ECE; los costos y deducciones que una vez más deben contemplar una serie de detallados requisitos para su procedencia fiscal como lo es el acogimiento al sistema de bancarización, la regularización de la facturación electrónica y la elaboración y reporte de documentos soporte electrónicos, entre otros; las rentas exentas aplicables para el año gravable 2022 entre las que figuran los depósitos en cuentas AFC y AVC, las correspondientes a cesantías, el 25 % de los pagos laborales o las asociadas a vivienda de interés social e interés prioritario, etc.; y las deducciones, como por ejemplo, la de dependientes, intereses por crédito de vivienda, o las asociadas a la contratación de adultos mayores o mujeres víctimas de la violencia; todo esto, sin perder de vista el límite dispuesto para las rentas exentas y deducciones. 

En relación con los descuentos tributarios será necesario contemplar, entre otros aspectos, el tratamiento del ICA pagado y causado, el tratamiento posible para impuestos pagados en el exterior o el descuento del IVA en la compra de activos fijos; sin olvidar las novedades que esta declaración tendrá puntualmente en el descuento de becas por impuestos. 


Características:

Duración:2 horas
Fecha de grabación:11 de mayo 2023
Metodología:50% práctica y 50% teórica

Temario:

  • Descuentos tributarios
  • INCRNGO en rentas:
    • Laborales
    • De honorarios y servicios
    • De capital
    • No laborales
  • Deducciones especiales
  • Deducciones por dependientes
  • Rentas Exentas
  • Ganancias ocasionales exentas
  • Concepto de dividendos

¿Qué incluye?

  • Diapositivas
  • Caso práctico en Excel 

Conferencista:

Juan Fernando Mejía 

Contador público de la Universidad de Antioquia con experiencia en normas internacionales incluso de antes de la emisión de la Ley 1314 de 2009. Especialista en Impuestos de la Universidad Externado de Colombia. Certificado Internacional en IFRS por ACCA (Asociación de Contadores Certificados, con sede en Londres) y por el Banco Mundial, con amplio reconocimiento y experiencia en NIIF. 


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