El cumplimiento de las normativas de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo (PTEE) y del Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (SAGRILAFT) es esencial para evitar sanciones y mantener la integridad y reputación de su empresa. A continuación, se describen pasos y mejores prácticas para asegurarse de que su empresa cumpla con estas regulaciones:
(Para evitar incurrir en los mismos incumplimientos)
Cumplir con las normativas PTEE y SAGRILAFT es fundamental para evitar sanciones y proteger la integridad de su empresa. Mediante la implementación de políticas y procedimientos sólidos, la evaluación y mitigación de riesgos, la capacitación continua, y la colaboración activa con las autoridades, su empresa puede establecer un entorno de cumplimiento eficaz y reducir significativamente los riesgos asociados con el lavado de activos y la financiación del terrorismo.
Experto colombiano con más de 25 años de experiencia en el diseño de sistemas de administración de riesgos derivados del lavado de activos y de la corrupción.
Si el participante no puede asistir después de inscrito, debe cancelar con 2 días hábiles de anticipación a la iniciación del evento o generará cobro del valor completo de la inscripción.
Por falta de asistentes (mínimo 15 cupos por evento) o por motivos insalvables, ACEF se reserva el derecho de cancelar el programa o de modificar las fechas establecidas para su realización, el valor de la inversión, los docentes propuestos, los contenidos y el lugar donde se ofrecerá el Programa.
Este producto es ajeno e independiente a los procesos de contenidos en Actualícese, por lo que, aunque este curso fue revisado y aprobado para salir al aire en nuestro portal, cualquier responsabilidad en la presentación o desglose del contenido es asumida por el tercero.
Para temas de devolución de productos virtuales adquiridos a través del portal www.actualicese.com como la suscripción, libros en formato PDF, archivos digitales en formato de Word y Excel, conferencias en línea, etc. no procede el derecho al retracto según lo establece el numeral 4 del artículo 47 de la Ley 1480 de 2011, que a su tenor literal expresa:
«Se exceptúan del derecho de retracto, los siguientes casos:
4. En los contratos de suministro de bienes que, por su naturaleza, no puedan ser devueltos o puedan deteriorarse o caducar con rapidez.»
Por tanto, los productos ofrecidos por el portal Actualícese, al ser bienes intangibles, no son susceptibles de ser devueltos por parte del usuario.