Nuevos recursos


  Guía de información laboral 2026

Derecho Laboral  - 8 enero, 2026

Programa «Empleos para la vida»: criterios, montos y prioridad en la asignación de incentivos


Programa «Empleos para la vida»: criterios, montos y prioridad en la asignación de incentivos

Actualizado: 25 noviembre, 2025 (hace 2 meses)

El programa Empleos para la Vida del Ministerio del Trabajo impulsa la creación de empleo formal mediante incentivos económicos y facilita el acceso laboral de poblaciones priorizadas. Fue establecido por el Decreto 0533 de 2024, que reglamenta el artículo 79 del Plan Nacional de Desarrollo.

Se trata de una política orientada a fortalecer las capacidades de los empresarios y microempresarios del país, incentivando la creación de nuevas oportunidades laborales y consolidando procesos de formalización que impulsen el talento y el desarrollo productivo que desarrolla lo dispuesto en el artículo 79 del PND “Colombia potencia mundial de la vida”.

El incentivo no solo ayuda a subsidiar parte del costo salarial, sino también parte de los aportes a seguridad social y parafiscales que debe asumir el empleador. Además, tiene un enfoque de inclusión social, pues otorga porcentajes más altos del incentivo para ciertas poblaciones: por ejemplo, para personas con discapacidad, jóvenes entre 18 y 28 años, y mujeres mayores de 28.

Criterios de priorización para la asignación de los recursos

  1. Personas con discapacidad que no hayan sido cotizantes en los últimos cuatro meses y estén contratadas por un periodo no inferior a seis meses o que hayan sido beneficiarias del Mecanismo de Protección al Cesante.
  2. Jóvenes entre 18 y 28 años que cumplan con las mismas condiciones anteriores.
  3. Mujeres mayores de 28 años que devenguen hasta 3 smmlv y cumplan con las mismas condiciones anteriores.
  4. Hombres mayores de 28 años que devenguen hasta 3 smmlv y cumplan con las mismas condiciones anteriores.
  5. Personas con discapacidad.
  6. Jóvenes entre 18 y 28 años.
  7. Mujeres mayores de 28 años que devenguen hasta 3 smmlv.
  8. Hombres mayores de 28 años que devenguen hasta 3 smmlv.

Debido al esquema de priorización, el resultado de aprobación para cada postulante puede ser parcial. Esto significa que, del total de trabajadores identificados como conformes, solo se asignará el incentivo a aquellos cotizantes que encajen dentro del orden de prelación establecido. Los trabajadores conformes que no alcancen a ser cubiertos con el presupuesto disponible serán rechazados con base en los criterios de priorización definidos en la presente resolución.

Montos de los incentivos según la población priorizada

  • Jóvenes entre 18 y 28 años: se reconocerá un aporte del 30 % de 1 smmlv por cada trabajador adicional vinculado formalmente y por quien se haya cotizado, como mínimo, durante los seis meses previos a la postulación, conforme a la temporalidad del Decreto 1072 de 2015.
  • Mujeres mayores de 28 años con ingresos de hasta 3 smmlv: el incentivo será del 20 % de 1 smmlv bajo las mismas condiciones de formalización y cotización mínima de seis meses.
  • Hombres mayores de 28 años con ingresos de hasta 3 smmlv: el aporte corresponderá al 15 % de 1 smmlv, aplicando los requisitos de vinculación y cotización previamente señalados.
  • Personas con discapacidad: se otorgará un incentivo del 35 % de 1 smmlv por cada trabajador adicional vinculado formalmente, respecto del cual se haya cotizado durante al menos los seis meses previos a la postulación.

Además, se reconocerá un 10 % adicional sobre los porcentajes anteriores cuando las personas por las que se solicita el incentivo no hayan sido cotizantes durante los últimos cuatro meses o más, al momento de cumplirse la vinculación laboral mínima requerida para acceder al beneficio.

TAMBIÉN LEE:  Documentos sujetos al impuesto de timbre deben cumplir requisitos para ser deducibles en renta

¿Cómo se financiarán los incentivos?

Los incentivos serán financiado con recursos del Presupuesto General de la Nación asignados al Ministerio del Trabajo. Dichos recursos deberán ejecutarse dentro de cada vigencia fiscal hasta agotar los montos aprobados, por lo que la disponibilidad presupuestal determinará la asignación efectiva del beneficio.

En consecuencia, se dará prioridad a los perfiles con mayores condiciones de vulnerabilidad laboral, garantizando la equidad, la inclusión y el máximo impacto social del programa.

Material relacionado

,
Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito