Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Protocolos de bioseguridad para ejecutar obras de infraestructura de transporte


Actualizado: 26 abril, 2020 (hace 4 años)

Estas acciones serán implementadas por contratistas e interventores de los proyectos de infraestructura de transporte, así como por la entidad contratante en el marco de sus competencias.

El Ministerio de Salud expidió la Resolución 679 de 2020, que adopta el protocolo de bioseguridad para reducir el riesgo de transmisión del COVID-19 en personas que realicen actividades relacionadas con la ejecución de obras de infraestructura de transporte.

Estas acciones son adicionales a las ya establecidas en la Resolución 666 de 2020 y su anexo técnico, y serán implementadas por contratistas e interventores de los proyectos de infraestructura de transporte, así como por la entidad contratante en el marco de sus competencias.

Será responsabilidad de los contratistas e interventores elaborar un protocolo de prevención y mitigación para implementar las actividades y articularlo con las entidades contratantes, administraciones municipales, secretarías de salud y Administradoras de Riesgos Laborales (ARL). También deberán notificar cualquier caso de contagio que se pueda presentar.

Pueden solicitar la ayuda de las ARL para la identificación de peligros, evaluación y valoración del riesgo y apoyarse en las EPS para el desarrollo de actividades de promoción y prevención.

Por su parte, la entidad contratante apoyará la coordinación interinstitucional con las gobernaciones y alcaldías para garantizar la reactivación y continuidad de los proyectos de infraestructura.

En cuanto a las interventorías, deben remitir a la entidad contratante semanalmente un informe donde se indiquen las actividades adelantadas por los concesionarios y el nivel de cumplimiento de cada una de las medidas y planes de acción e incluir reporte de casos de contagio si se presentaran, y hacer el seguimiento respectivo.

De igual forma, el protocolo establece las medidas de higiene e interacción social como el lavado de manos y las medidas preventivas si presentan síntomas de resfriado, así como evitar contacto físico, mantener puestos de trabajo limpios, oficinas ventiladas, efectuar reuniones no presenciales y la desinfección de vehículos y lugares de trabajo.

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