Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Proyecto de Resolución modifica la Resolución 0057 del 19 de febrero de 2014


Actualizado: 28 julio, 2014 (hace 10 años)

DIAN
Proyecto de Resolución modifica la Resolución 0057 del 19 de febrero de 2014

Por la cual se modifica la Resolución No. 0057 del 19 de Febrero de 2014 que modificó la Resolución 151 del 30 de Noviembre de 2012 mediante la cual se fija el procedimiento para la presentación de las solicitudes de devolución y/o compensación por saldos a favor generados en declaraciones de renta y ventas.

El Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales

En uso de sus facultades legales, en especial las dispuestas en los numerales 1, 7 y 12 del artículo 6 del Decreto 4048 de 2008, en concordancia con el inciso 1º del artículo 851 del Estatuto Tributario, y el artículo 22 del Decreto 2277 de 2012, y

Considerando:

Que el Decreto 2277 de 2012 reglamenta el procedimiento de las devoluciones y compensaciones de los saldos a favor de los impuestos administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

Que el Decreto 2277 de 2012, en su artículo 22, señala que la DIAN reglamentará los aspectos correspondientes a las solicitudes de Devoluciones y/o Compensaciones a través del Servicio Informático Electrónico dispuesto para tal fin.

Que con fin de continuar con la política institucional de implementación de servicios informáticos electrónicos para satisfacer las necesidades y expectativas de los clientes internos y externos y garantizar el análisis, decisión y control de las devoluciones, se hace necesario ampliar el universo de usuarios que presentarán las solicitudes de devolución y/o compensación utilizando este medio.

Que se dio cumplimiento a la formalidad prevista en el numeral 8° del artículo 8° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en relación con el texto del presente Decreto.

Resuelve:

Artículo 1. Modifíquese el artículo 3 de la Resolución 0057 del 19 de Febrero de 2014, que modificó el artículo 7 de la Resolución 151 del 30 de noviembre de 2012, el cual quedará así:

“Artículo 3. Obligados a presentar la solicitud de devolución y/o compensación utilizando el Servicio Informático Electrónico de Devoluciones y Compensaciones.

Están obligados a presentar las solicitudes de Devolución y/o Compensación utilizando el Servicio Informático Electrónico de Devoluciones y Compensaciones:

a) Las personas jurídicas y personas naturales, para solicitudes de saldos a favor en el Impuesto sobre las Ventas.
b) Las personas jurídicas y las personas naturales obligadas a llevar contabilidad, para solicitudes de saldos a favor en el Impuesto de Renta.
c) Las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad, que cuenten con mecanismo de firma digital, para solicitudes de devolución de saldos a favor en el Impuesto de Renta.”

Artículo 2. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de su publicación.

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Publíquese y Cúmplase

Dada en Bogotá D.C. a los días del mes de julio de 2014.

CHRISTIAN RAFAEL JARAMILLO HERRERA
Director General (E)

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