Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Pyme que interrumpe proceso de convergencia, ¿puede saltar período de transición?


Actualizado: 20 abril, 2016 (hace 8 años)

Hemos observado casos de pymes que habiendo elaborado su estado de situación financiera de apertura –ESFA–, interrumpieron el proceso y no hicieron nada durante todo el 2015, habiéndose saltado el período de transición. Este procedimiento es totalmente inadecuado y está en contravía de las indicaciones de la norma.

Las pymes elaboraron su ESFA al 1 de enero del 2015, y durante el resto de dicho año debieron tomar todas sus transacciones y reconocerlas y medirlas según los requerimientos del Estándar Internacional para Pymes y las respectivas políticas internas de las compañías para preparar unos estados financieros al 31 de diciembre del 2015.

En el 2016 la organización ya debería contar con la información financiera cerrada del 2015 y de ahí en adelante podrá continuar reconociendo partidas en el 2016. No es posible que la entidad sugiera tomar el balance de apertura e irle adicionando los movimientos bajo norma local, para sacar estados financieros del 31 de diciembre del 2015 con balance de apertura más movimientos bajo norma local: eso no va a ser correcto nunca.

Si la entidad hizo el balance de apertura pero no hizo nada durante el 2015 es como si hubiera dejado de llevar contabilidad durante todo el año; por lo tanto, al cierre tiene una gran cantidad de papeles que deben ser reprocesados para tener unos estados financieros al 31 de diciembre del 2015.

Ante este caso especial, debe recordarse que la indicación de la norma fue clara en el cronograma de convergencia, en el que se indicó que las pymes tendrían durante el 2015 su año de transición y el 2016 sería su primer período de implementación plena. No hay posibilidad alguna de que una contabilidad que converja directamente en el 2016, se encuentre correctamente construida; la información financiera con corte al 31 de diciembre del 2015 será de vital necesidad para elaborar estados financieros comparativos al corte del 2016.

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