Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Qué debes tener en cuenta en la preparación de la declaración de renta de personas naturales Año Gravable 2005?


Actualizado: 15 marzo, 2006 (hace 18 años)

Información Previa:

En los últimos años, y debido a las recientes reformas tributarias como la ley 788 de dic de 2002 y la ley 863 de Dic. de 2003, las normas sobre el impuesto de renta y complementarios en Colombia, y más exactamente en su aplicación a las personas naturales, ha tomado mucha mayor trascendencia pues es apenas claro que si en Colombia existen cerca de 44.000.000 de personas naturales, y de ellas podemos excluir a los niños, todas los que nos quedan son personas sobre las cuales el gobierno nacional ha tenido la meta de que vayan pasando a ser "declarantes de renta" pues dicho impuesto siempre será el más importante en función de recaudos de impuestos.

Así las cosas, es claro que para aquellas personas naturales (o sus asesores) que antes no daban mucha trascendencia a esta responsabilidad fiscal, ha sido necesario empezar de nuevo a interesarse sobre este tema pues el fisco Colombiano (encabezado por la DIAN), y gracias a la información que se le suministra en los reportes de Medios Magnéticos, se han puesto en la tarea de lograr que más personas naturales se convierntan en "declarantes" de renta (aclárese que muchas ya son "contribuyentes"pues contribuyen cuando les hacen "retenciones en la fuente a título de renta", pero no son "declarantes", es decir, no presentan el formulario ni se liquidan el impuesto exacto que quizá les toca liquidar). Fue por eso que durante el 2005 la DIAN pudo enviar cerca de 50.000 cartas a personas naturales que no habían presentado su declaración de renta año gravable 2004. Es decir, eran "omisos". Muchos de ellos, por ignorancia de no conocer las normas que los obligan a ser "declarantes" y otros por ser definitivamente evasores.

Por estos motivos es la intención de esta herramienta servir de guía para que aquellas personas naturales que sí desean conocer cuales son la reglas básicas que rigen para el impuesto de renta en Colombia, se ilustren sobre qué aspectos deben tener en cuenta a la hora de PREPARAR su declaración de renta año gravable 2005 (ej: cómo deben denunciar sus bienes, pasivos, ingresos y gastos; si deben liquidar Renta presuntiva, si deben liquidar sobretasa, anticipo, etc).

Sin embargo, y dada la complejidad de las normas tributarias, nuestra recomendación, antes de entrar a usar esta herramienta, es que los interesados en ella se tomen solo 14 minutos y lean PRIMERO un editorial que recientemente escribimos sobre este tema, el cual se presenta en dos partes, y con el cual se puede establecer cuáles personas naturales serán declarantes de renta por el 2005 y cuales no lo serán .

Para conocerlo , Haz click aquí

También es conveniente que se estudie otro editorial, publicado a comienzos del 2005, cercano a la fecha de presentación de la declaración de renta del año gravable 2004, pero que contiene información que sigue siendo igual de aplicable para el caso de la declaración de renta año gravable 2005. En dicho editorial se aclaraban las diferencias entre ser una persona natural "obligada a llevar libros de contabilidad" o ser una persona "no obligada a llevar libros de contabilidad.

Para estudiar dicho editorial, Haz click aquí

Si se desconocen los fundamentos básicos que se mencionan en dichos editoriales, será muy difícil el entender por qué razón se hacen las preguntas que se presentan a continuación en el cuestionario que hemos preparado. Hagamos una comparación, sería tanto como tratar de entender como funciona una tractomula sin ni siquiera tener conocimiento de qué es un "embrague", o un "cabezote" o un "remolque".

Incluso, si te es posible, recomendamos adquirir y estudiar el material especializado sobre asuntos relacionados con el impuesto de renta y otros impuestos nacionales, en el cual se condensan 30 mini-conferencias virtuales asistidas por computador. En dicho material, elaborado en octubre de 2005 y con aplicación para el año gravable 2005 y siguientes (si no salen nuevas reformas tributarias), se podrían estudiar las conferencias No 1 hasta 22.

Para conocer el título de tales videoconferencias asistidas por computador haz click aquí

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