Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿Qué dice la Norma para Pymes sobre los contratos de concesión de servicios?


¿Qué dice la Norma para Pymes sobre los contratos de concesión de servicios?
Actualizado: 25 julio, 2018 (hace 6 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Tipos de acuerdos de concesión
  • ¿Quiénes intervienen en los contratos de concesión?
  • Contabilización de este tipo de contrato

En el siguiente editorial se describen los tipos de acuerdos de concesión, así como los diversos actores que intervienen en estos. De igual forma se explican las instrucciones que se deben seguir para contabilizar este tipo de contrato, el cual está definido en el párrafo 34.12 de la Norma para Pymes.

“En dichos arreglos, la concedente controla o regula qué servicios debe prestar el operador utilizando los activos, a quién debe proporcionarlos y a qué precio”

El párrafo 34.12 de la Norma para Pymes define un contrato de concesión de servicios como un arreglo donde un Gobierno u otro organismo del sector público (concedente) contrata con un operador privado para desarrollar, operar y mantener los activos de infraestructura de la concedente, como carreteras, puentes, túneles, aeropuertos, redes de distribución de energía, prisiones u hospitales. En dichos arreglos, la concedente controla o regula qué servicios debe prestar el operador utilizando los activos, a quién debe proporcionarlos y a qué precio.

Tipos de acuerdos de concesión

  • En uno, el operador (concesionario) adquiere un derecho a cobrar o a recibir efectivo o equivalentes al efectivo, regularmente mediante el giro directo por parte del Estado en uno o varios pagos a lo largo de la duración del contrato.
  • En el segundo, el operador adquiere un derecho de cobrar por el uso de un activo del sector público que construye o actualiza. En este acuerdo no hay garantías para el operador ya que el derecho a cobrar por el uso está limitado a la disposición que hagan los usuarios del mismo.

¿Quiénes intervienen en los contratos de concesión?

  • El operador (concesionario): quien construye o recupera, y mantiene el activo o los activos objeto de concesión.
  • Concedente: generalmente es el Gobierno o un tercero autorizado por este para administrar la concesión bajo supervisión.

Contabilización de este tipo de contrato

Siguiendo las siguientes instrucciones se realiza la contabilización de este contrato:

  • Se realiza una tabla de amortización que servirá de base para la contabilización del contrato, en esta se tendrán en cuenta rubros asociados  al contrato como los costos, ingresos por actividades ordinarias, pagos provenientes del concedente, ingresos financieros, entre otros.
  • El valor correspondiente a los costos del contrato se debe llevar a resultados cada año. Su contrapartida serán las cuentas por pagar a proveedores y acreedores asociados con esos costos.
  • El valor correspondiente a ingresos de actividades ordinarias se reconoce en resultados y su contrapartida es una cuenta por cobrar a la entidad concedente.
  • El valor correspondiente a ingresos financieros se lleva a resultados e incrementa la ganancia.
  • El valor correspondiente a pagos provenientes del concedente se contabiliza como menor valor de la cuenta por cobrar al concedente.
  • El activo construido no se reconoce como activo para el operador.

Si quiere profundizar en este tema, lea nuestro análisis Contabilidad en contratos de concesión: modelo del activo financiero.

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