Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿Qué diferencias existen entre documento soporte y documento equivalente electrónico?


¿Qué diferencias existen entre documento soporte y documento equivalente electrónico?
Actualizado: 14 octubre, 2020 (hace 3 años)

El documento soporte no es obligatorio a partir del 15 de agosto, pero hay que tener en cuenta las pautas entregadas por Resolución 000042 del 5 de mayo de 2020.

En un futuro todo documento electrónico será susceptible de transmitirse a la Dian y se llamará documento equivalente electrónico.

Hassan Mohamed Taleb Arias habló en #CharlasConActualícese sobre las novedades alrededor del nuevo documento soporte, el cual es necesario cuando se adquieren productos o servicios a contribuyentes no obligados a facturar.

Indica que el documento soporte no ha cambiado. No es un tema obligatorio a partir del 15 de agosto de 2020, porque ya se venía trabajando. «Lo que ocurre es que la Resolución 000042 del 5 de mayo de 2020 entrega unas pautas importantes para dar un poco más de orden al tema», explica.

El documento soporte es el mismo que ya se ha venido tramitando en operaciones con personas que por su condición no eran obligados a facturar o no son responsables del IVA.

Taleb Arias describe que según la Resolución 000042 de 2020, entre los sistemas de facturación vigentes están: factura electrónica de venta, factura de talonario o de papel, documentos equivalentes (contiene el expedido por las máquinas registradoras con sistema POS) y documento soporte en adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a expedir factura de venta o documento equivalente.

Afirma que hoy por hoy los documentos electrónicos no se están transmitiendo como sí se hace con la factura electrónica. En un futuro sucederá que todo documento electrónico será susceptible de transmitirse a la Dian y se llamará documento equivalente electrónico.

«Este documento electrónico sí va a tener transmisión, es decir que el futuro del POS es que también se entregue como una factura electrónica», dice.

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