Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Definición del Impuesto Nacional al Consumo –INC–


Actualizado: 30 mayo, 2014 (hace 10 años)

El Impuesto Nacional al Consumo –INC– es una estrategia tributaria diseñada por el Gobierno nacional que se estableció en la Reforma Tributaria del 2012 (Ley 1607 de 2012) y que entró en vigencia el 1ro de enero de 2013. El fin principal del impuesto, según la exposición de motivos es:

Facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y disminuir el alto nivel de evasión que se presenta en este sector. Promoviendo la formalización de los negocios y la competencia libre de arbitraje tributario entre establecimientos similares.

De acuerdo al Estatuto Tributario, el INC es un impuesto de carácter monofásico, lo que quiere decir que se genera una única vez en todo el proceso comprendido desde la producción hasta la venta al consumidor final; específicamente el INC debe ser pagado por el usuario final del servicio o el consumidor final del producto.

En términos generales, la estrategia de aplicación del INC consiste en disminuir las antiguas tarifas del Impuesto a las ventas –IVA–  del  20%, 25% y 35% hasta la tarifa general del 16% y adicionar un porcentaje a título del INC que deberá ser más o menos equivalente a la disminución que se causó en el IVA.

Ahora bien, es importante tener en cuenta que el INC, debe ser registrado contablemente como un mayor valor del bien, y ser reportado en el formulario 315 expedido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN–.

El INC es diferente al “Impuesto Departamental al Consumo (IDC), a continuación usted puede observar las diferencias básicas:

Diferencias INC-IDC

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