Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿Qué se entiende por obsolescencia parcial y obsolescencia completa?


Actualizado: 6 marzo, 2018 (hace 6 años)

Al analizar el artículo 129 del ET antes y después de ser modificado por el artículo 78 de la Ley 1819 de 2016, puede comprobarse que se conservó la definición de obsolescencia, no obstante la reforma tributaria estructural trajo como novedad los conceptos de obsolescencia parcial y completa.

De esta manera, el artículo en mención establece que debe entenderse por obsolescencia la pérdida que se genera cuando:

  • Se presenta una pérdida de valor del bien.
  • El bien se encuentra en desuso.
  • Ya no es posible adaptar el bien a su función propia.
  • Se considera que el bien es inútil antes de que se acabe su vida útil probable.

Por su parte, el concepto de obsolescencia parcial introducido por la reforma tributaria hace referencia a la pérdida parcial de los activos depreciables, pérdida que no es deducible en renta hasta que se enajene el bien. Por otro lado, cuando se produce la baja de un activo depreciable por motivo de obsolescencia completa, será posible deducir el valor correspondiente a la diferencia entre el costo fiscal y las deducciones que se hayan aplicado, siempre y cuando dicho valor no haya sido cubierto a través de alguna indemnización o seguro.

El artículo que hemos venido analizando indica que el contribuyente debe conservar los documentos que permitan corroborar la obsolescencia del bien. De esta manera, el artículo 46 de la Ley 962 de 2005 modificado por el artículo 304 de la reforma tributaria estructural establece que los contribuyentes deben conservar las pruebas durante el tiempo en que quede en firme la declaración de renta.

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