Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Reajuste fiscal para el año gravable 2016 es del 7,08%


Actualizado: 5 enero, 2017 (hace 7 años)

Mediante el Decreto 2202 de 2016, el Gobierno estableció el porcentaje de reajuste fiscal vigente para el año 2016.

El  reajuste fiscal es un incremento que todos los contribuyentes responsables de presentar declaración de renta (obligados o no a llevar contabilidad) pueden realizar de manera opcional al costo fiscal que tengan sus activos fijos poseídos al inicio del año o a los adquiridos durante el año fiscal. Mediante dicho aumento incrementan el costo fiscal de sus activos fijos y, de esta manera, evitan tener tanta utilidad en venta al venderlos.

En tal sentido, la actualización de los activos poseídos al inicio del año 2017, adquiridos durante el año fiscal 2016, deberá efectuarse con una tasa del 7,08% establecida en el artículo 1 del Decreto Reglamentario 2202 del 30 de diciembre de 2016, según lo previsto en los artículos 70 y 280 del ET.

En consecuencia, en el año gravable 2016 los contribuyentes podrán aplicar un 7,08% de incremento al costo fiscal de todos los activos fijos que posean desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2016. Si los vendieron durante 2016 o se trata de nuevos activos fijos adquiridos durante dicho año que conservan hasta diciembre 31, se aplicaría el mencionado reajuste en forma proporcional.

Así pues, el valor de los activos actualizados con esta tarifa de reajuste fiscal podrá ser tomado como valor patrimonial en la declaración de renta y complementario del año gravable 2016 presentada durante 2017.

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