Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Realización de avalúo catastral con base en el valor razonable del bien


Actualizado: 6 marzo, 2019 (hace 5 años)

Respuesta de Juan David Maya la pregunta:

Teniendo en cuenta que no se cuenta con recursos económicos para contratar un perito, ¿se puede usar como valor razonable de una edificación el avalúo catastral de un bien?

Juan David Maya, experto y consultor en Normas Internacionales señala que, conforme a las disposiciones expresadas en los Estándares Internacionales, los elementos de la propiedad, planta y equipo (tratados mediante la sección 17 de la propiedad, planta y equipo) podrán ser medidos por el modelo del costo o por el modelo de revaluación en la medición posterior, si se trata de una entidad del grupo 2.

El modelo de revaluación implica determinar el valor razonable del activo, el cual es el precio que se recibiría por vender un activo o que se pagaría por transferir un pasivo en una transacción ordenada entre participantes del mercado.

De acuerdo con estas disposiciones, el avaluó catastral como base para determinar el valor razonable de una edificación no refleja el valor comercial del inmueble, debido a que este valor no se define atendiendo los criterios establecidos por el mercado.

Para leer más sobre este tema, vaya al caso de estudio Uso del avalúo catastral como valor razonable de un bien.

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