En un contrato de mandato, ¿quién debe realizar el proceso de facturación?
Resueltas 07 de Septiembre de 2017
Diego Guevara, contador público y líder de investigación en temas contables y tributarios, indica que la figura Contrato de mandante se encuentra regulada en el Código de Comercio.
En este tipo de contrato, en el que intervienen un mandante y un mandatario, quien tiene la obligación tributaria de realizar el proceso de facturación por cuenta del mandante es el mandatario. Lo anterior, de acuerdo con lo que establece el artículo 3 del Decreto 1514 de 1998, norma que fue recopilada en el Decreto Único Tributario 1625 de octubre de 2016.