Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Realización y causación de los ingresos en el impuesto de renta


Realización y causación de los ingresos en el impuesto de renta
Actualizado: 28 febrero, 2018 (hace 6 años)

Los ingresos y las deducciones son elementos imprescindibles en la determinación de la carga tributaria de un período. La reforma tributaria Ley 1819 de 2016 establece ciertas aclaraciones importantes en cuanto al reconocimiento de ingresos para las empresas pertenecientes a los grupos 1, 2 y 3.

Contablemente, el reconocimiento de ingresos depende del cumplimiento de los requisitos planteados en la sección 23 del Estándar Internacional Pymes y en la NIC 18 (reemplazada por la NIIF 15). Éste podrá ser distinto de acuerdo con su naturaleza u origen; fiscalmente, el artículo 28 del ET establece la forma de reconocimiento de ingresos para los obligados a llevar contabilidad.

En cumplimiento del principio de devengo, algunos ingresos pueden encontrarse reconocidos de forma correcta en los estados financieros de las compañías, pero carecen de una capacidad contributiva asociada. Por tal motivo, la reforma tributaria incluye algunas excepciones a la regla general para proteger el flujo real del contribuyente.

En atención a lo anterior, el seminario «Realización y causación de los ingresos en el impuesto de renta» servirá de guía a todos los interesados en sobre cómo reconocer los ingresos de acuerdo con los nuevos marcos normativos, contabilidad de causación, acumulación o devengo, y conciliación de ingresos contables y fiscales. El seminario se encuentra dividido en dos partes:

  • Parte 1: Ingresos y sus efectos de acuerdo con la Ley 1819 de 2016 y los marcos normativos
  • Parte 2: Realización y causación de los ingresos

Realización y causación de los ingresos en el impuesto de renta

Ingresos fiscales o tributarios

Son las entradas de recursos en dinero o en especie (ingresos ordinarios, extraordinarios o ganancias ocasionales que tenga la persona en el período gravable) que incrementan el activo y/o disminuyen el pasivo, generando incrementos en el patrimonio bruto. En la estructura del seminario se integrará también el estudio de la realización del ingreso para los obligados o no a llevar contabilidad.

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