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Desde el 1 de julio de 2026, los trabajadores en Colombia que laboren domingos o días festivos recibirán un recargo del 90 % sobre el valor de la hora ordinaria.
A partir del 1 de julio de 2026, el recargo por laborar en domingos y festivos en Colombia pasará del 80 % al 90 %. Este ajuste hace parte del cronograma definido en la Ley 2466 de 2025, que introdujo cambios progresivos en el régimen laboral.
El aumento no surge de una decisión puntual, sino de un proceso que busca modificar lo establecido desde 2002, cuando el recargo fue reducido del 100 % al 75 %. Durante más de dos décadas, ese porcentaje se mantuvo como referencia para el pago de jornadas en días de descanso obligatorio.
La normativa vigente establece tres etapas: entre julio de 2025 y junio de 2026 el recargo se fijó en 80 %; desde julio de 2026 subirá a 90 %; y a partir de julio de 2027 alcanzará nuevamente el 100 %.
El origen de este cambio llega por la modificación introducida por la Ley 789 de 2002, que redujo el pago adicional por trabajo dominical y festivo. La disminución del recargo no generó un efecto sostenido en la creación de empleo formal, pero sí incidió en los ingresos de los trabajadores.
La Ley 2466 plantea una recuperación progresiva del recargo. El incremento al 90 % es un punto intermedio dentro de este proceso, que busca equilibrar los efectos sobre las empresas con el aumento en la remuneración de los empleados que laboran en días tradicionalmente destinados al descanso.
El ajuste también está asociado al valor asignado al tiempo libre. La justificación normativa señala que domingos y festivos tienen un componente social y familiar, por lo que el trabajo en esas jornadas debe compensarse con un pago adicional que refleje esa condición. Es así como el recargo del 75 % resultaba insuficiente frente a ese criterio.
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