Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Reconocimiento de activos en empresa que no cumple la hipótesis de negocio en marcha


Actualizado: 4 mayo, 2022 (hace 2 años)

Responde conferencista: Juan Fernando Mejía

¿Cómo deberán ser reconocidos los activos no corrientes y los grupos enajenables de elementos mantenidos para la venta en una empresa que no cumple con la hipótesis de negocio en marcha? 

Pregunta resuelta 20 de abril de 2022 

Los activos no corrientes se reconocen por el valor en libros y el valor neto de liquidación según la NIIF 5 y los Estándares Internacionales. En el siguiente video, el Dr. Juan Fernando Mejía explica en detalle cómo se deben reconocer los activos no corrientes para una empresa que no cumple la hipótesis de negocio en marcha.

El experto en Estándares Internacionales señala que, en primer lugar, se debe verificar si la empresa está en marcha, pues si no lo está cambian las bases contables. Por ejemplo, con relación al tema de activos y pasivos contingentes, el Dr. Mejía recuerda que una empresa que está en marcha no debe reconocerlos pues sigue su funcionamiento y su continuidad es predecible; por el contrario, si una empresa no está en marcha se deben reconocer los activos y pasivos contingentes que tengan medición fiable y base razonable a valor neto de liquidación.

El conferencista expresa que, de acuerdo con los marcos técnicos normativos actuales, según el Decreto 2420 de 2015 se pueden clasificar los anexos en concordancia con los grupos 1, 2 o 3. Además, se tiene el anexo 4 de aseguramiento, el anexo 5 que corresponde a las prácticas que deben seguir las entidades que no cumplen la hipótesis de negocio en marcha de acuerdo con el Decreto 2101 de 2016 y el Decreto 1378 de 2021 y, por último, el anexo 6 de libros.

Al verificar si la entidad cumple la hipótesis de negocio en marcha, también se debe verificar si cumple los indicadores mínimos referidos en el Decreto 1378 de 2021, dado que este establece que una empresa no estaría en marcha si presenta alguno de los siguientes indicadores:

  • Posición patrimonial negativa.
  • Dos períodos consecutivos de cierre con utilidad negativa en el resultado del ejercicio.
  • Dos períodos consecutivos de cierre con razón corriente inferior a 1.0.
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