Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Reconocimiento de la entrega de la dotación


Actualizado: 19 junio, 2017 (hace 7 años)

¿El reconocimiento de la entrega de la dotación aplica después de superar el periodo de prueba o desde el inicio del contrato?

La abogada Natalia Jaimes Lúquez, especialista en derecho laboral, menciona que para dar respuesta al interrogante se debe estudiar el artículo 230 del CST, norma que se refiere a:

Artículo 230. Suministro de calzado y vestido de labor. Modificado por el art. 7o. De la ley 11 de 1984El nuevo texto es el siguiente: Todo empleador que habitualmente ocupe uno (1) o más trabajadores permanentes, deberá suministrar cada cuatro (4) meses, en forma gratuita, un (1) par de zapatos y un (1) vestido de labor al trabajador, cuya remuneración mensual sea hasta dos (2) meses el salario mínimo más alto vigente. Tiene derecho a esta prestación el trabajador que en las fechas de entrega de calzado y vestido haya cumplido más de tres (3) meses al servicio del empleador”.

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